DECRETO SUPREMO, N° 035-2021-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Gobierno Regional del departamento de San Martín en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021-DECRETO SUPREMO-N° 035-2021-EF

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 4 de Marzo de 2021

Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Gobierno Regional del departamento de San Martín en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021

decreto supremo

n° 035-2021-ef

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 34.1 del artículo 34 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza al Ministerio de Salud para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de S/ 336 387 284,00 (TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, a favor de los Gobiernos Regionales, para financiar durante el Año Fiscal 2021, la operación y mantenimiento de nuevos establecimientos de salud que entraron en funcionamiento a partir del segundo semestre del año 2020; disponiendo que dichos establecimientos deben implementar la programación de turnos y citas en un aplicativo informático dispuesto para ello; asimismo, el citado numeral establece que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud, a propuesta de este último; previa validación por parte del Ministerio de Salud del Plan de Implementación Multianual del nuevo establecimiento de salud, aprobado por el Gobierno Regional que corresponda;

Que, mediante el Oficio N° 917-2021-SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, a favor del pliego Gobierno Regional del Departamento de San Martín, para financiar la operación y mantenimiento del Hospital de Bellavista; adjuntando, para ello, el Informe N° 109-2021-OP-OGPPM/MINSA emitido por la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; así como el Oficio N° 0343-2021-OGPPM-OP/MINSA de la citada Oficina General que adjunta el Informe N° 136-2021-OP-OGPPM/MINSA con información complementaria; y, el Memorándum N° 525-2021-DGOS/MINSA de la Dirección General de Operaciones en Salud del citado Ministerio, mediante el cual señala la fecha de entrada en funcionamiento del Hospital de Bellavista y valida...

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