ORDENANZA, Nº 20-2020-MPC, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE - Aprueban propuesta de Planeamiento Integral (Anexión del área urbana y asignación de zonificación), para predio ubicado en el distrito de Nuevo Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima-ORDENANZA-Nº 20-2020-MPC

EmisorConvenios Internacionales
Fecha de la disposición29 de Septiembre de 2020

Cañete, 29 de septiembre de 2020

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL

DE CAÑETE

POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de septiembre de 2020 y de conformidad a lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades, Dictamen Nº 003-2020-CODUR-MPC de fecha 03 de marzo de 2020, la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y su modificatoria por el artículo Único de la Ley Nº 30305, expresa que: “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tiene autonomía política, económica y Administrativa en los asuntos de su competencia”, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. La autonomía que la Constitución otorga a las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, de acuerdo con el artículo 9º de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades, dentro de las atribuciones del Concejo Municipal en el numeral 8 señala “Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”; y el numeral 9º “Crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley”. Además, aunado ello, se desglosa de los Artículos 39º y 40º de la citada ley orgánica, que “Los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; asimismo, las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal;

Que, los gobiernos locales asumen competencias y ejercen funciones específicas, como es la organización del espacio físico y usos del suelo en sus respectivas jurisdicciones, comprendiendo entre otros, la zonificación, según lo establecido en el numeral 1.1 del Art. 73º de la Ley Nº 27972; asimismo, dicha Ley Orgánica en su Art. 79º establece que son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, entre otros, aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el esquema de zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; concordante con el Art. 12º del Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA, se aprobó el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible, la misma que establece los procedimientos técnicos, criterios y parámetros que deberán considerarse en la formulación, aprobación, implementación y modificación de los instrumentos de planificación urbana y en los instrumentos de gestión urbana contemplados en el referido Reglamento a fin de garantizar una función planificadora, en concordancia con sus planes y políticas nacionales, sectoriales, promoviendo las inversiones, así como la participación de la ciudadanía conforme a Ley;

Que, mediante documento recaído en el Expediente Administrativo Nº 007126-2018 de fecha 22 de noviembre del 2018 se realiza las correspondientes subsanaciones, a la solicitud presentada mediante Formulario Único de Tramite (FUT), el 13 de julio de 2018, por el Sr. Pedro Humberto Jordán Peves como Representante Legal de la Empresa Negociación JORDAN SALAS S.A., Patricia Sofia De La Cruz Villarrubia y Elena Isabel Sánchez Villarrubia; en calidad de copropietarios, sobre aprobación de la propuesta de Planeamiento Integral ( Anexión del área urbano y Asignación de Zonificación) del predio ubicado en fundo el Conde UC 10647 código catastral 10647, proyecto el conde inscrita en la partida Nº P03140774, distrito de Nuevo Imperial, Provincia de Cañete; que cuenta con un área de 37,000.00 m² (3.70 has.). Asimismo, cabe señalar que la anexión al área urbana y asignación de zonificación propuesto por el administrado es para zonificación de Residencial de Densidad Media (RDM), cuya finalidad de la gestión es considerar el uso Residencial de función de la ejecución de habilitación urbana con fines de vivienda, a fin de integrarse urbanísticamente con el proyecto adyacente conformando un completo planeamiento integral que distribuya y organice adecuadamente los lotes residenciales, elevando la calidad de vida del residente y representando además un aporte urbanístico coherente;

Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 006-95-MPC de fecha 08 de junio de 1995, se aprueba el Reglamento de Usos de Suelos de la Provincia de Cañete, departamento de Lima, la misma que fue modificado por la Ordenanza Nº 026-2002-MPC de fecha 20 de mayo de 2002; conforme se puede advertir de dicho instrumento técnico normativo, teniendo en cuenta el Informe Nº 013-DYH-SGOP-2020...

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