DECRETO DE ALCALDIA, Nº 02, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA - Aprueban la iniciativa denominada “Reciclaceite” a cargo del Programa “Recicla Lima” de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 02

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición15 de Febrero de 2021

Aprueban la iniciativa denominada “Reciclaceite” a cargo del Programa “Recicla Lima” de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 02

Lima, 10 de febrero de 2021

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA

VISTO:

El Memorando Nº 1378-2020-MML-GSCGA-SSC de la Subgerencia de Servicios a la Ciudad perteneciente a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, el Memorando Nº 928-2020-MML/GSCGA de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, el Informe Nº 0258-2020-MML-GP-SOM de la Subgerencia de Organización y Modernización perteneciente a la Gerencia de Planificación, el Memorando Nº 563-2020-MML-GP de la Gerencia de Planificación y el Informe Nº D000005-2021-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el numeral 3.3 del artículo 73 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las municipalidades, tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital, asumen como competencia en materia de protección y conservación del ambiente, el promover la educación e investigación ambiental en su localidad e incentivar la participación ciudadana en todos sus niveles;

Que, el numeral 6.3 del artículo 61 de la misma Ley, regula las competencias y funciones metropolitanas especiales en materia de saneamiento ambiental, siendo una de estas la de fomentar la ejecución de programas de educación ecológica;

Que, la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos aprobada por Decreto Legislativo Nº 1278, establece derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, con la finalidad de propender hacia la maximización constante de la eficiencia en el uso de los materiales y asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos económica, sanitaria y...

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