ORDENANZA, Nº 303-MDL, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA - Ordenanza que aprueba la campaña de actualización del Registro de Contribuyentes y Predios del distrito de Lurigancho, formularios de declaracion jurada del Impuesto Predial y otorga beneficios de condonación de intereses y/o deudas tributarias-ORDENANZA-Nº 303-MDL

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición13 de Febrero de 2021

Ordenanza que aprueba la campaña de actualización del Registro de Contribuyentes y Predios del distrito de Lurigancho, formularios de declaración jurada del Impuesto Predial y otorga beneficios de condonación de intereses y/o deudas tributarias

ORDENANZA Nº 303-MDL

Lurigancho, 29 de enero de 2021

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

LURIGANCHO

POR CUANTO:

EL CONCEJO DISTRITAL DE LURIGANCHO, en Sesión de la fecha; y,

VISTO:

El Dictamen Nº 001-2021/CAJER emitido por la Comisión Permanente de Regidores de Asuntos Jurídicos, Economía y Rentas del Concejo Municipal del Distrito de Lurigancho, y el Memorándum N° 133-2021/GM-MDL de la Gerencia Municipal, respecto al proyecto de Ordenanza que Aprueba la Campaña de Actualización del Registro de Contribuyentes y Predios del Distrito de Lurigancho, Formularios de Declaración Jurada del Impuesto Predial y Otorga Beneficios de Condonación de Intereses y/o Deudas Tributarias”; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; previsto también en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, el artículo 40° de Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; así mismo, establece que, mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; y en el numeral 8) del artículo 9° de la misma norma, señala que corresponde al Concejo Municipal, aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos;

Que, el artículo 52° del Texto Único Ordenado – TUO del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y sus modificatorias, establece que, es competencia de los Gobiernos Locales administrar exclusivamente las contribuciones y tasas municipales, sean estas últimas, derechos, licencias y arbitrios, y por excepción los impuestos que la ley les asigne; así mismo, el artículo 41° de la misma norma, señala que excepcionalmente los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren, estableciendo que en el caso de contribuciones y tasas, dicha condonación también podrá alcanzar al tributo;

Que, mediante Informe N° 1012-2020-MDL/GR/SGATyOC, de fecha 19 de noviembre del 2020, la Sub Gerencia de Administración Tributaria y Orientación al Contribuyente informa que existe inconsistencia en la Base de Datos de Contribuyentes y Predios de la Municipalidad Distrital de Lurigancho, sugiriendo que se apruebe mediante ordenanza la Campaña de Actualización del Registro de Contribuyentes y Predios del Distrito de Lurigancho, con la finalidad de ir mejorando la calidad de los registros de...

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