ORDENANZA, Nº 449/MDC, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO - Ordenanza que establece beneficio tributario y administrativo en la jurisdiccion del distrito de Carabayllo-ORDENANZA-Nº 449/MDC

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición13 de Febrero de 2021

Ordenanza que establece beneficio tributario y administrativo en la jurisdiccion del distrito de Carabayllo

ORDENANZA N° 449-MDC

Carabayllo, 29 de enero de 2021

El CONCEJO MUNICIPAL DE CARABAYLLO, en Sesión Ordinaria de la fecha, convocada y presidida por el Alcalde, Sr. MARCOS LORENZO ESPINOZA ORTIZ;

VISTOS: El Informe N°0754-2021-SGREC-GATR/MDC, de fecha 18 de diciembre de 2020, emitido por la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva; El Informe Legal N°002-2021-GAJ/MDC, de fecha 04 de enero de 2021, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; El Memorándum N°022-2021-GM/MDC, de fecha 08 de enero de 2021, emitido por la Gerencia Municipal; y el Dictamen N°001-2021-CEPP/MDC, de fecha 22 de enero de 2021, emitido por la Comisión de Economía, Planeamiento y Presupuesto, respecto al proyecto de Ordenanza que ESTABLECE BENEFICIO TRIBUTARIO Y ADMINISTRATIVO EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE CARABAYLLO;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el Segundo Párrafo de la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado-TUO del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº133-2013/EF, establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción, y con los límites establecidos por Ley;

Que, mediante el Informe N°0754-2021-SGREC-GATR/MDC, la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría, indica que existe una cartera acumulada de años anteriores por cobrar ,por concepto del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales en la vía ordinaria y coactiva, producto del No pago...

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