RESOLUCION, Nº 0004-2021-CD-OSITRAN, ORGANISMOS REGULADORES, ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO - Interpretan segundo párrafo de la cláusula 7.1 del Contrato de Concesión “Hidrovía Amazónica: Ríos Marañón y Amazonas, tramo Saramiriza – Iquitos – Santa Rosa; Río Huallaga, tramo Yurimaguas – Confluencia con el Río Marañón; Río Ucayali, tramo Pucallpa - Confluencia con el Río Marañón”-RESOLUCION-Nº 0004-2021-CD-OSITRAN

EmisorOrganismos Reguladores
Fecha de la disposición 3 de Febrero de 2021

Interpretan segundo párrafo de la cláusula 7.1 del Contrato de Concesión “Hidrovía Amazónica: Ríos Marañón y Amazonas, tramo Saramiriza – Iquitos – Santa Rosa; Río Huallaga, tramo Yurimaguas – Confluencia con el Río Marañón; Río Ucayali, tramo Pucallpa - Confluencia con el Río Marañón”

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

Nº 0004-2021-CD-OSITRAN

Lima, 3 de febrero de 2021

VISTOS:

El Informe Conjunto N° 00014-2020-IC-OSITRAN (GSF-GAJ), de fecha 27 de enero de 2021, emitido por la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, y la Gerencia de Asesoría Jurídica del OSITRAN; y,

CONSIDERANDO:

Que, con fecha 07 de setiembre de 2017, se suscribió el Contrato de Concesión “Hidrovía Amazónica: Ríos Marañón y Amazonas, tramo Saramiriza – Iquitos – Santa Rosa; Río Huallaga, tramo Yurimaguas – Confluencia con el Río Marañón; Río Ucayali, tramo Pucallpa - Confluencia con el Río Marañón”, entre el Estado de la República del Perú (en adelante, el Concedente), representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (en adelante, el MTC), y Concesionaria Hidrovía Amazónica S.A. (en adelante, el Concesionario), por un plazo de veinte (20) años;

Que, con fecha 07 de septiembre de 2020, mediante Carta Nº 0222-2020-GG-COHIDRO, el Concesionario presentó al OSITRAN la solicitud de interpretación vinculada a la determinación de la oportunidad de la exigibilidad del nivel de servicio del Sistema de Captura y Registro de Parámetros Hidrometeorológicos, en atención a lo establecido en la cláusula 7.1. y el literal D del Anexo 3 del Contrato de Concesión;

Que, con fecha 02 de octubre de 2020, a través del Oficio N°...

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