RESOLUCION MINISTERIAL, N° 071-2021-MINEDU, PODER EJECUTIVO, EDUCACION - Modifican conformación de la Comisión Técnica encargada de la elaboración del Plan de Emergencia orientado a alcanzar las condiciones básicas de calidad por parte de la Universidad Nacional San Luis Gonzaga; así como, del seguimiento, supervisión, emisión de propuestas e informes en el marco de sus funciones-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 071-2021-MINEDU

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 5 de Febrero de 2021

Modifican conformación de la Comisión Técnica encargada de la elaboración del Plan de Emergencia orientado a alcanzar las condiciones básicas de calidad por parte de la Universidad Nacional San Luis Gonzaga; así como, del seguimiento, supervisión, emisión de propuestas e informes en el marco de sus funciones

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 071-2021-MINEDU

Lima, 5 de febrero de 2021

VISTOS, el Expediente Nº 0010818-2021, el Informe N° 00030-2021-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, el Informe N° 00175-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo establecido en los artículos 1 y 3 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, el Ministerio de Educación es el ente rector de la política de aseguramiento de la calidad de la educación superior universitaria; además se indica que la universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Adopta el concepto de educación como derecho fundamental y servicio público esencial. Está integrada por docentes, estudiantes y graduados;

Que, el Decreto Supremo N° 016-2019-MINEDU, Decreto Supremo para la aprobación e implementación de un Plan de Emergencia para el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad por parte de las universidades públicas con licencia institucional denegada, tiene como finalidad que las universidades públicas con licencia institucional denegada ejecuten un Plan de Emergencia orientado a alcanzar las condiciones básicas de calidad, durante el plazo máximo de cese establecido en el “Reglamento del Proceso de Cese de Actividades de Universidades y Escuelas de Posgrado”, aprobado mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 111-2018-SUNEDU/CD y, antes del cese definitivo, soliciten la licencia institucional en un nuevo procedimiento de acuerdo al marco legal;

Que, el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto Supremo N° 016-2019-MINEDU señala que la Comisión Técnica es un órgano colegiado sin personería jurídica, conformado por representantes del Ministerio de Educación y de la universidad pública con licencia denegada, que cumple funciones específicas de seguimiento, supervisión, emisión de propuestas e informes. La Comisión Técnica se encuentra integrada por: a) un (1) representante del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, quien lo preside y tiene...

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