ORDENANZA, Nº 605/MDC, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE COMAS - Ordenanza que establece el régimen de gradualidad de sanciones aplicables a las infracciones tributarias-ORDENANZA-Nº 605/MDC

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición30 de Enero de 2021

Ordenanza que establece el régimen de gradualidad de sanciones aplicables a las infracciones tributarias

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 605/MDC

Comas, 25 de enero de 2021

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE COMAS

VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de enero de 2021, el Informe Nº 025-2020-SGRTyOC-GAT/MDC de la Subgerencia de Registro Tributario y Orientación al Contribuyente, el Informe Nº 020-2020-MDC/GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 383-2020-GAJ/MDC y el Informe Nº 10-2021-GAJ/MC de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, el Informe Nº 163-2020-GPP/MDC de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Memorando Nº 1909-2020-GAF/MDC de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Memorando Nº 059-2021-GM/MDC de la Gerencia Municipal, el Dictamen Nº001-2021-CEAFPPTM/MDC de la Comisión Ordinaria de Regidores de Economía, Administración, Finanzas, Planificación, Presupuesto y Tributación Municipal y el Dictamen Nº 001-2021-CAJ/MDC de la Comisión Ordinaria de Regidores de Asuntos Jurídicos; respecto al Proyecto de Ordenanza que establece el Régimen de Gradualidad de Sanciones aplicables a las infracciones tributarias, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con lo prescrito en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, de conformidad con el artículo 74º, numeral 4) del artículo 195º de la Constitución Política del Perú, así como el numeral 9 del artículo de la Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales se encuentran facultados a crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de éstas dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley;

Que, según el artículo numeral 8 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Concejo Municipal, entre otros, aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Asimismo, el artículo 40º de este mismo cuerpo normativo, precisa que las Ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 82º, 165º y 166º del T.U.O. del Código Tributario, aprobado con D.S. Nº 133-2013-EF, la Administración Tributaria tiene facultad discrecional de sancionar las infracciones tributarias, siendo la infracción determinada en forma objetiva y sancionada administrativamente con penas pecuniarias, comiso de bienes, internamiento temporal de vehículos, cierre temporal de establecimiento u oficina de profesionales independientes y suspensión de licencias, permisos, concesiones o autorizaciones vigentes otorgadas por entidades del Estado para el desempeño de actividades o servicios públicos, así como en virtud a la facultad discrecional de determinar y sancionar administrativamente las infracciones tributarias, la Administración Tributaria también puede aplicar gradualmente las sanciones por infracciones tributarias en la forma y condiciones que ella establezca, mediante Resolución de Superintendencia o norma de rango similar y que para efecto de graduar las sanciones, la Administración Tributaria se encuentra facultada para fijar, mediante Resolución de Superintendencia o norma de rango similar, los...

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