ORDENANZA, Nº 548-MDA, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE ATE - Ordenanza que otorga beneficios tributarios por pronto pago de sus arbitrios municipales del ejercicio 2021 en la jurisdicción de Ate-ORDENANZA-Nº 548-MDA

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición29 de Enero de 2021

Ordenanza que otorga beneficios tributarios por pronto pago de arbitrios municipales del ejercicio 2021 en la jurisdicción de Ate

ORDENANZA N° 548-MDA

Ate, 25 de enero del 2021

POR CUANTO:

El Concejo Municipal del Distrito de Ate, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de Enero del 2021; visto, el Dictamen N° 002-2021-MDA/CAT de la Comisión de Administración Tributaria, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con el el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se establece que: Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de Ley, conforme al artículo 200° de la Constitución Política del Perú;

Que, el Artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, precisa que conforme a lo establecido por el numeral 4) del Artículo 195º y Artículo 74º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas y otorgan exoneraciones, dentro de los límites que fije la Ley;

Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario - Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, otorga a los gobiernos locales potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, así como exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley;

Que, mediante Informe N° 002-2021-MDA-GAT, la Gerencia Administración Tributaria, señala que es política de la gestión municipal promover y estimular en el contribuyente de Ate, el cumplimiento voluntario de sus obligaciones tributarias, otorgando incentivos a aquellos contribuyentes de menores recursos, con el fin de continuar con las mejoras en los servicios públicos, precisando que similares beneficios se han otorgado en el ejercicio 2020, razones por el que propone la aprobación del proyecto de Ordenanza de Beneficios...

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