ORDENANZA, Nº 560/MM, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES - Aprueban la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Miraflores-ORDENANZA-Nº 560/MM
Emisor | Gobiernos Locales |
Fecha de la disposición | 23 de Enero de 2021 |
Aprueban la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Miraflores
ORDENANZA Nº 560/MM
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MIRAFLORES;
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE MIRAFLORES;
VISTO, en Sesión Ordinaria Virtual de Concejo de fecha 20 de enero de 2021, el Dictamen Nº 002-2020/MM de fecha 15 de enero de 2021, de la Comisión Asuntos Jurídicos; el Informe Nº 0001-2021-SGC-GAC/MM de fecha 04 de enero de 2021, de la Subgerencia de Comercialización; el Memorándum Nº 010-2021-GAC/MM de fecha 08 de enero de 2021, de la Gerencia de Autorizaciones y Control; el Informe Técnico Nº 007-2021-SGRE-GPP/MM de fecha 08 de enero de 2021, emitido por la Subgerencia de Racionalización y Estadística; el Informe Nº 008-2021-SGRE-GPP/MM de fecha 12 de enero de 2021, de la Subgerencia de Racionalización y Estadística; el Memorándum Nº 014-2021-GPP/MM de fecha 12 de enero de 2021, de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe Nº 010-2021-GAJ/MM de fecha 12 de enero de 2021, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorando Nº 025-2021-GM/MM de fecha 14 de enero de 2021, de la Gerencia Municipal; el Proveído Nº 004-2021-SG/MM de fecha 14 de enero de 2021, de la Secretaría General, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico vigente, de conformidad con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, en los numerales 40.1 y 40.3 del artículo 40º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, se señala que los procedimientos administrativos y sus requisitos deben establecerse en una disposición sustantiva aprobada mediante decreto supremo o norma de mayor jerarquía; asimismo, deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, aprobado para cada entidad;
Que, mediante los numerales...
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