RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 000002-2021-P-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Establecen procedimiento de llamamiento de jueces supremos cuando se presenten casos de discordia, impedimento, abstención, recusación u otra causal que le impida intervenir en un proceso jurisdiccional-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 000002-2021-P-CE-PJ

EmisorPoder Judicial
Fecha de la disposición19 de Enero de 2021

Establecen procedimiento de llamamiento de jueces supremos cuando se presenten casos de discordia, impedimento, abstención, recusación u otra causal que le impida intervenir en un proceso jurisdiccional

Presidencia del Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 000002-2021-P-CE-PJ

Lima, 19 de enero del 2021

CONSIDERANDO:

Primero. Que, el artículo 145° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que en los casos de discordia o impedimento de uno o más jueces, el Presidente procede a llamar a los jueces de la misma especialidad de otras salas, si las hubiera, y luego, a los jueces de las salas de otra especialidad, comenzando por el menos antiguo, en el orden de prelación que establece el Consejo Ejecutivo correspondiente.

Segundo. Que, actualmente están en funciones en la Corte Suprema de Justicia de la República las Salas de Derecho Constitucional y Social Permanente; así como la Primera, Segunda, Tercera, Cuarta y Quinta Transitorias, cada una con su propia competencia.

Tercero. Que resulta necesario establecer el procedimiento de llamamiento de jueces supremos de las mencionadas Salas, cuando se presenten casos de discordia, impedimento, abstención, recusación u otra causal que le impida intervenir en un proceso jurisdiccional; teniendo en consideración las materias afines.

En consecuencia, la Presidenta del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con cargo a dar cuenta al Pleno de este Órgano de Gobierno,

RESUELVE:

Artículo Primero Disponer que en los casos de discordia, impedimento, abstención, recusación u...

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