RESOLUCION MINISTERIAL, N° 0045-2021-IN, PODER EJECUTIVO, INTERIOR - Aprueban el Manual de Operaciones de las Unidades Ejecutoras a cargo de la Policía Nacional del Perú, con excepción de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial PNP-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 0045-2021-IN

Fecha de disposición20 Enero 2021
Fecha de publicación22 Enero 2021
SecciónSección Única
MateriaDerecho Procesal

Aprueban el Manual de Operaciones de las Unidades Ejecutoras a cargo de la Policía Nacional del Perú, con excepción de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial PNP

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 0045-2021-IN

Lima, 20 de enero de 2021

VISTOS, el Oficio N° 3072-2020-CG-PNP/SECEJE-UTD de la Secretaría Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú, el Oficio N° 23-2021-CG PNP/SEC de la Secretaría de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, los Informes N° 000209-2020/IN/OGPP/OMD y N° 000247-2020/IN/OGPP/OMD de la Oficina de Modernización y Desarrollo Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, los Memorandos N° 001106-2020/IN/OGPP y N° 001247-2020/IN/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 000073-2021/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 166 de la Constitución Política del Perú señala que, la Policía Nacional tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno; presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad; garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y del privado; y, previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras;

Que, conforme a lo señalado en el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, la Policía Nacional del Perú es una institución del Estado con calidad de órgano ejecutor, que depende del Ministerio del Interior; con competencia administrativa y autonomía operativa para el ejercicio de la función policial en todo el territorio nacional, en el marco de lo previsto en el artículo 166 de la Constitución Política del Perú;

Que, asimismo, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;

Que, el artículo 53 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, señala que, el Manual de Operaciones es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza: (i) La estructura funcional de los programas y los proyectos especiales; (ii) La estructura orgánica al interior...

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