ORDENANZA, Nº 019-2020-GR-LL/CR, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD - Ordenanza Regional que modifica el Artículo Segundo de la Ordenanza Regional N° 005-2020-GRLL-CR-ORDENANZA-Nº 019-2020-GR-LL/CR

EmisorGobiernos Regionales
Fecha de la disposición20 de Enero de 2021

Ordenanza Regional que modifica el Artículo Segundo de la Ordenanza Regional N° 005-2020-GRLL-CR

ORDENANZA REGIONAL

N° 019-2020-GR-LL/CR

ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA EL ARTÍCULO SEGUNDO DE LA ORDENANZA REGIONAL N° 005-2020-GRLL-CR

EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú de 1993, Modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, sobre Descentralización Ley N° 27680, Ley de Bases de Descentralización Ley N° 27783, Ley de Gobiernos Regionales N° 27867 y su Modificatoria Ley N° 27902, y demás Normas Complementarias;

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD; ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional

En Sesión Extraordinaria de fecha viernes 30 de diciembre del 2020, VISTO Y DEBATIDO la propuesta de Ordenanza Regional, presentado por el señor Consejero Regional representante de la Provincia de Ascope, relativo a modificar el Artículo Segundo de la Ordenanza Regional N° 005-2020-GRLL-CR;

CONSIDERANDO

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización N° 27680, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador (...);

Que, conforme al literal a) del artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; asimismo, el artículo 38º del mismo cuerpo legal establece que las ordenanzas regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamenta materias de su competencia;

Que, como consecuencia de la pandemia del COVID-19, el Pleno del Consejo Regional mediante Ordenanza Regional N° 005-2020-GRLL-CR aprobó en su artículo segundo incorporar el artículo 32-A y de una Disposición Complementaria Transitoria al Reglamento Interno del Consejo Regional de La Libertad aprobado mediante Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL-CR del...

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