ORDENANZA, Nº 443-AREQUIPA, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA - Ordenanza Regional que dicta medidas excepcionales para solucionar el problema social de los parceleros que transfiriendo sus predios a AUTODEMA y acogiéndose a la Ordenanza 197-AREQUIPA no pudieron titularse por causas no imputables a ellos-ORDENANZA-Nº 443-AREQUIPA

EmisorGobiernos Regionales
Fecha de la disposición20 de Enero de 2021

Ordenanza Regional que dicta medidas excepcionales para solucionar el problema social de los parceleros que transfiriendo sus predios a AUTODEMA y acogiéndose a la Ordenanza 197-AREQUIPA, no pudieron titularse por causas no imputables a ellos

ORDENANZA REGIONAL

Nº 443-AREQUIPA

El Consejo Regional de Arequipa

Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:

Que, por las consideraciones expuestas en la exposición de motivos, y al amparo de la Ley N° 27783 / Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional N° 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional N° 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional N° 154-AREQUIPA;

SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA:

ORDENANZA REGIONAL QUE DICTA MEDIDAS EXCEPCIONALES PARA SOLUCIONAR EL PROBLEMA SOCIAL DE LOS PARCELEROS QUE TRANSFIRIENDO SUS PREDIOS A AUTODEMA Y ACOGIÉNDOSE A LA ORDENANZA 197 –AREQUIPA NO PUDIERON TITULARSE POR CAUSAS NO IMPUTABLES A ELLOS.

Artículo 1° Finalidad

La finalidad de la presente Ordenanza es solucionar el problema social suscitado para los colonos titulares y/o para quienes, en calidad de terceros, hubiesen adquirido los derechos de los propietarios originales, que cumpliendo con acogerse a la Ordenanza N° 197-AREQUIPA, transfirieron sus predios afectados a AUTODEMA, y no pudieron culminar su proceso de titulación, por la imposibilidad jurídica de AUTODEMA para la aplicación del Art. 10° de la Ordenanza N° 197-AREQUIPA.

Artículo 2° Disposición Autoritativa

Autorizar de manera excepcional a AUTODEMA, para que a solicitud de parte, proceda a la suscripción de una Adenda con los adjudicatarios de las Secciones D y E, en la categoría damnificados, que habiéndose acogido a la Ordenanza N° 197 –AREQUIPA , cumplieron con transferir sus fundos a AUTODEMA como pago a cuenta del precio de la parcela adjudicada, estableciendo a partir de la vigencia de la presente Ordenanza, como única forma de cancelación del precio de la parcela adjudicada, el pago en efectivo del monto referido la Ordenanza N° 197-...

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