RESOLUCION DIRECTORAL, N° 000001-2021-DCIA/MC, PODER EJECUTIVO, CULTURA - Delegan diversas competencias en la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco, durante el Ejercicio Fiscal 2021-RESOLUCION DIRECTORAL-N° 000001-2021-DCIA/MC

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 7 de Enero de 2021

Delegan diversas competencias en la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco, durante el Ejercicio Fiscal 2021RESOLUCIÓN DIRECTORALN° 000001-2021-DCIA/MCSan Borja, 7 de Enero del 2021Vistos, el Memorando N° 000003-2021-DDC-CUS/MC de fecha 04 de enero de 2021, y anexos, de la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco; el Informe N° 000006-2021-DCIA-EBC/MC de fecha 07 de enero de 2021, de la Dirección de Calificación de Intervenciones Arqueológicas, el Informe N° 000009-2021-DGPA-LRS/MC de fecha 07 de enero de 2021, del área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble; y,CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, constituyendo pliego presupuestal del Estado; Que, a través del artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, se declara de interés social y de necesidad pública la identificación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes;Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2014-MC, se aprobó el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas; precisando, en su artículo 10, que “El presente reglamento regula las intervenciones en los bienes inmuebles que conforman el Patrimonio Cultural de la Nación, así como a los bienes muebles que constituyen parte de éstos. Las intervenciones arqueológicas comprenden la investigación con fines científicos, el registro, el análisis, la evaluación, el rescate, la determinación de la potencialidad, el monitoreo de obras, la conservación preventiva y la puesta en valor, o cualquier combinación de estas modalidades u otras actividades que se empleen en bienes arqueológicos, muebles o inmuebles, con intervención física o no de los mismos (…)” Que, el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas regula, en sus artículos 43°, 45°, 47° y 49°, que las solicitudes de autorización de proyectos de investigación arqueológica y proyectos de evaluación arqueológica, así como las solicitudes de aprobación de informes finales de dichas modalidades de intervención arqueológica, son resueltas por la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, previa calificación efectuada por la Dirección de Calificación de Intervenciones Arqueológicas;Que, en esa línea, el artículo 63° del Reglamento de Organización y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR