ORDENANZA, Nº 458-2020-MDCH, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO - Ordenanza que norma el procedimiento para la regularización de habilitaciones urbanas y de edificaciones ejecutadas en el distrito-ORDENANZA-Nº 458-2020-MDCH

Fecha de disposición21 Diciembre 2020
Fecha de publicación15 Enero 2021
SecciónSección Única
MateriaDerecho del Medio Ambiente

Ordenanza que norma el procedimiento para la regularización de habilitaciones urbanas y de edificaciones ejecutadas en el distrito

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 458-2020-MDCH

Chaclacayo, 21 de diciembre de 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHACLACAYO

VISTO:

Memorando Nº 1089-2020-GM-MDCH de la Gerencia Municipal de fecha 01 de diciembre de 2020; Informe Nº 260-2020-GAJ/MDCH de la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 26 de noviembre de 2020; Memorando Nº 399-2020-GDU-MDCH de la Gerencia de Desarrollo Urbano de fecha 20 de noviembre de 2020; Informe Nº 0186-2020-SGPUCHE-GDU/MDCH de la Subgerencia de Planificación Urbana, Catastro, Habilitaciones y Edificaciones de fecha 18 de noviembre de 2020.

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo al artículo 194º de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, Leyes de la Reforma Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y actos de administración interna, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, mediante el artículo 30º del Decreto Legislativo Nº1426, que modifica la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, se establece que las habilitaciones urbanas ejecutadas hasta el 17 de septiembre de 2018, sin la correspondiente licencia, así como las edificaciones ejecutadas desde el 01 de enero de 2017 hasta el 17 de septiembre de 2018, son regularizadas de forma individual por las municipalidades;

Que, mediante el artículo 82º del Decreto Supremo Nº 029-2019-VIVIENDA Las edificaciones ejecutadas, desde el 01 de enero de 2017 hasta el 17 de septiembre de 2018, sin la correspondiente licencia, son regularizadas por las Municipalidades, siempre que cumplan con la normatividad vigente a la fecha de su construcción o en caso que sea más favorable, con la normativa vigente.

Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en los numerales 8) y 9) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por Mayoría y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó lo siguiente:

ORDENANZA QUE NORMA EL PROCEDIMIENTO PARA LA REGULARIZACIÓN DE HABILITACIONES URBANAS Y DE EDIFICACIONES EJECUTADAS EN EL DISTRITO DE CHACLACAYO

Artículo 1º OBJETO DE LA ORDENANZA

Establecer un procedimiento especial dentro de un periodo extraordinario para la formalización de las edificaciones existentes, cumpliendo con los requisitos y normativa que se mencionan en este mismo dispositivo, incentivando con ello la formalidad de las edificaciones.

No será de aplicación a los inmuebles afectos por la ampliación de la avenida Nicolás Ayllón y Carretera Central aprobado mediante Ordenanza Nº341-2001-MML...

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