RESOLUCION, Nº 00001-2021-OEFA/CD, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL - Disponen la publicación del proyecto de Resolución del Consejo Directivo que aprobaría el Formato del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - Planefa Simplificado-RESOLUCION-Nº 00001-2021-OEFA/CD

EmisorOrganismos Tecnicos Especializados
Fecha de la disposición 5 de Enero de 2021

Disponen la publicación del proyecto de Resolución del Consejo Directivo que aprobaría el Formato del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - Planefa Simplificado

Resolución de Consejo Directivo

Nº 00001-2021-OEFA/CD

Lima, 5 de enero de 2021

VISTOS: El Informe Nº 00089-2020-OEFA/DPEF-SMER, emitido por la Subdirección de Políticas y Mejora Regulatoria de la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental; y el informe Nº 00468-2020-OEFA/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalización ambiental;

Que, a través de la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (en adelante, Ley del SINEFA), se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables por parte de los administrados, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión y fiscalización ambiental —a cargo de las diversas entidades del Estado— se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente;

Que, el Literal a) del Numeral 11.2 del Artículo 11º de la Ley del SINEFA, modificada por la Ley Nº 30011, reconoce la función normativa del OEFA, la cual comprende la facultad de dictar, en el ámbito y materia de sus competencias, las normas que regulen el ejercicio de la fiscalización ambiental en el marco del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental y otras de carácter general referidas a la verificación del cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables de los administrados a su cargo, así como aquellas necesarias para el ejercicio de la función de supervisión de Entidades de Fiscalización Ambiental (en adelante, EFA), las que son de obligatorio cumplimiento para dichas entidades en los tres niveles de gobierno;

Que, en el marco de lo dispuesto en el Artículo 131° de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente y la Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley del Sinefa, a través de la Resolución Ministerial Nº 247-2013-MINAM se aprueba el Régimen Común de Fiscalización Ambiental...

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