RESOLUCION VICE MINISTERIAL, N° 000001-2021-VMPCIC/MC, PODER EJECUTIVO, CULTURA - Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la danza Pallas de Obas del distrito de Obas, provincia de Yarowilca, departamento de Huánuco-RESOLUCION VICE MINISTERIAL-N° 000001-2021-VMPCIC/MC

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 7 de Enero de 2021

Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la danza Pallas de Obas del distrito de Obas, provincia de Yarowilca, departamento de Huánuco

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL

Nº 000001-2021-VMPCIC/MC

San Borja, 5 de enero del 2021

VISTOS; el Informe Nº 000465-2020-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe Nº 000370-2020-DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial; la Hoja de Elevación Nº 000662-2020-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú señala que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que se encuentran protegidos por el Estado;

Que, el inciso 1 del artículo 2 de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura – UNESCO, establece que “se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas –junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes– que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial que se trasmite de generación en generación es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad, y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana”;

Que, el numeral 2 del artículo 1 de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modificatorias, señala que integran el Patrimonio Inmaterial de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unitaria o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autóctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural;

Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria, establece que es función exclusiva del Ministerio de Cultura realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, el artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, establece que la Dirección de Patrimonio Inmaterial es la unidad orgánica encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo. Depende jerárquicamente de la Dirección General de Patrimonio Cultural;

Que, a través de la Carta de fecha 20 de julio de 2020, el alcalde de la Municipalidad Distrital de Obas, solicita se declare como patrimonio cultural de la Nación, a la Danza Pallas de Obas, del distrito de Obas, provincia de Yarowilca, departamento de Huánuco;

Que, mediante el Informe Nº 000465-2020-DGPC/MC, la Dirección General de Patrimonio Cultural hizo suyo el Informe Nº 000370-2020-DPI/MC, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, a través del cual recomendó declarar como Patrimonio Cultural de la Nación a la Danza Pallas de Obas del distrito de Obas, provincia de Yarowilca, departamento de Huánuco;

Que, la región Huánuco –cuyo territorio estuvo históricamente compartido por diversos reinos y etnias como yaros, chupachu, huamalíes, yachas y panatahuas– se convirtió en una de las más importantes del Tawantinsuyu cuando los incas establecieron un sistema de gobierno centralizado con sede en el actual sitio arqueológico de Huánuco Pampa, situado actualmente en territorio perteneciente al distrito de La Unión, provincia de Dos de Mayo, a unos 3,700 m.s.n.m. En este sitio también existían estructuras del culto religioso, para el cual eran escogidas mujeres jóvenes que atendían el oficio religioso, conocidas como acllas, algunas de las cuales podían a su vez ser elegidas como esposas del Inca, llamadas en este caso pallas. En el ejercicio del poder incaico había una notoria presencia femenina en diversos aspectos de la vida pública, entre los cuales destacaban las mujeres que eran casadas con el soberano del Cusco como parte de las relaciones diplomáticas. Esta presencia es recordada en numerosas danzas y representaciones frecuentes en las regiones Ancash, Huánuco y Junín, pero también en la sierra de Lima, en las que se representa a las mujeres del Inca como un ideal de belleza de la mujer nativa, y en muchos casos como representación de la población local en el tiempo de auge y caída del Tawantinsuyu;

Que, en la zona alta de la región Huánuco, históricamente asociada al sitio administrativo inca de Huánuco Pampa, existen hoy diversas representaciones de uno de los eventos históricos de mayor trascendencia en la historia andina, el encuentro del Inca Atahualpa con las huestes españolas que terminó con su captura y ejecución, como símbolo de la destrucción de la sociedad prehispánica y el inicio del sistema colonial que se impuso sobre su población. La forma que suelen adoptar estas danzas es...

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