RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 04-2021-MIDIS/P65-DE, PODER EJECUTIVO, DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL - Delegan diversas facultades al Jefe/a de la Unidad de Administración del Programa Nacional de Asistencia Solidaria 'Pensión 65', para el año fiscal 2021-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 04-2021-MIDIS/P65-DE

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 7 de Enero de 2021

Delegan diversas facultades al Jefe/a de la Unidad de Administración del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, para el año fiscal 2021

Resolución Directoral

N° 004-2021-MIDIS/P65-DE

Lima, 6 de enero de 2021

VISTO:

El Memorando N° 472-2020-MIDIS/P65-DE-UA de la Unidad de Administración, el Memorando N° 00001-2021-MIDIS/P65-DE/UPPM de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe N° 00008-2021-MIDIS/P65-DE/UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 081-2011-PCM, de fecha 19 de octubre de 2011, y sus modificatorias, se crea el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” con la finalidad de brindar protección social a los adultos mayores de 65 años, que viven en situación de vulnerabilidad, entregándoles una subvención monetaria que les permita incrementar su bienestar; y mejorar sus mecanismos de acceso a los servicios públicos que brinda el Estado;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 273-2017-MIDIS, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, estableciéndose en su artículo 8° que la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del Programa Nacional, encontrándose a cargo de un/a Director/a Ejecutivo/a quien ejerce su representación legal;

Que, el numeral 72.2 del artículo 72 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, indica que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia;

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF, y modificatoria, señalan las disposiciones que deben observar y seguir las entidades a efectos de tramitar los procesos de...

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