RESOLUCION, N° 382-2020-SUCAMEC, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD, ARMAS, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL - Aprueban la “Directiva que establece lineamientos para la emisión de licencia electrónica de uso de armas de fuego y tarjeta de propiedad electrónica de arma de fuego”-RESOLUCION-N° 382-2020-SUCAMEC

EmisorOrganismos Tecnicos Especializados
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2020

Aprueban la “Directiva que establece lineamientos para la emisión de licencia electrónica de uso de armas de fuego y tarjeta de propiedad electrónica de arma de fuego”

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

Nº 382-2020-SUCAMEC

Lima, 30 de diciembre de 2020

VISTOS:

El Informe Nº 045-2020-SUCAMEC-GAMAC, Informe Nº 050-2020-SUCAMEC-GAMAC y el Informe Nº 145-2020-SUCAMEC-GAMAC emitidos por la Gerencia de Armas, Municiones y Artículos Conexos; el Informe Nº 017-2020-SUCAMEC-OGTIC y el Memorando Nº 00214-2020-SUCAMEC-OGTIC emitidos por la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones; el Informe Técnico Nº 092-2020-SUCAMEC-OGPP y el Informe Técnico Nº 161-2020-SUCAMEC-OGPP emitidos por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal Nº 372-2020-SUCAMEC-OGAJ, Informe Legal Nº 424-2020-SUCAMEC-OGAJ y el Informe Nº 146-2020-SUCAMEC-OGAJ emitidos por la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1127, se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones;

Que, la SUCAMEC tiene como funciones controlar, administrar, supervisar, fiscalizar, normar y sancionar las actividades en el ámbito de los servicios de seguridad privada, fabricación y comercio de armas, municiones y conexos, explosivos y productos pirotécnicos de uso civil, así como autorizar su uso, conforme a lo señalado en el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 1127;

Que, el literal h) del artículo 15º del Decreto Legislativo Nº 1127 y el literal j) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la SUCAMEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, modificado por Decreto Supremo Nº 017-2013-IN, establecen como una de las funciones del Superintendente Nacional, emitir resoluciones en el ámbito de su competencia;

Que, los artículos y de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declararon al Estado en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y...

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