LEY, N° 31105, PODER LEGISLATIVO, CONGRESO DE LA REPUBLICA - Ley que prorroga la vigencia de beneficios y exoneraciones tributarias-LEY-N° 31105
Fecha de disposición | 31 Diciembre 2020 |
Fecha de publicación | 31 Diciembre 2020 |
Sección | Sección Única |
LEY Nº 31105
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE PRORROGA LA VIGENCIA DE BENEFICIOS Y EXONERACIONES TRIBUTARIAS
La presente ley tiene por objeto prorrogar la vigencia de los beneficios y exoneraciones tributarias del impuesto general a las ventas aplicable a las operaciones contenidas en los Apéndices I y II de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, a la emisión de dinero electrónico de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29985, Ley que regula las características básicas del dinero electrónico como instrumento de inclusión financiera; así como a la devolución de impuestos que gravan las adquisiciones con donaciones del exterior e importaciones de misiones diplomáticas y otros.
Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2021 la vigencia de:
-
El Decreto Legislativo 783, que aprueba la norma sobre devolución de impuestos que gravan las adquisiciones con donaciones del exterior e importaciones de misiones diplomáticas y otros.
-
La exoneración del impuesto general a las ventas por la emisión de dinero electrónico efectuada por las empresas emisoras de dinero electrónico, a que se refiere el artículo 7 de la Ley 29985, Ley que regula las características básicas del dinero electrónico como instrumento de inclusión financiera.
Modifícase el primer párrafo del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo 055-99-EF, por el texto siguiente:
Artículo 7.- Vigencia y renuncia a la exoneración
Las exoneraciones contenidas en los Apéndices I y II tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021.
[…].
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
PRIMERA. Vigencia
La Ley entra en vigencia a partir del 1 de enero de 2021.
SEGUNDA. Transparencia
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria publica anualmente, en su Portal de Transparencia, la relación de los sujetos acogidos a los beneficios a que se refiere esta ley; así como los montos del beneficio o exoneración...
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