DECRETO DE URGENCIA, Nº 144-2020, PODER EJECUTIVO, DECRETOS DE URGENCIA - Decreto de Urgencia que modifica el Decreto de Urgencia N° 040-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas para mitigar los efectos económicos del aislamiento social obligatorio en las MYPES mediante su financiamiento a través de empresas de factoring y otras disposiciones-DECRETO DE URGENCIA-Nº 144-2020
Fecha de disposición | 30 Diciembre 2020 |
Fecha de publicación | 30 Diciembre 2020 |
Materia | Derecho Procesal |
DECRETO DE URGENCIA
Nº 144-2020
DECRETO DE URGENCIA QUE MODIFICA EL DECRETO DE URGENCIA Nº 040-2020, DECRETO DE URGENCIA QUE ESTABLECE MEDIDAS PARA MITIGAR LOS EFECTOS ECONÓMICOS DEL AISLAMIENTO SOCIAL OBLIGATORIO EN LAS MYPES MEDIANTE SU FINANCIAMIENTO A
TRAVÉS DE EMPRESAS DE FACTORING
y otras disposiciones
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 040-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas para mitigar los efectos económicos del aislamiento social obligatorio en las MYPES mediante su financiamiento a través de empresas de factoring, se establecen medidas extraordinarias, en materia económica y financiera, con el objeto de promover el financiamiento, a través de empresas de factoring, de las micro, pequeñas y medianas empresas que vienen siendo afectadas económicamente por la propagación del COVID-19, cuya vigencia culmina el 31 de diciembre de 2020, conforme a lo dispuesto en el artículo 9 de la citada norma;
Que, con Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM, Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19 y establece las medidas que debe seguir la ciudadanía en la nueva convivencia social, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de treinta y un (31) días calendario, a partir del martes 01 de diciembre de 2020, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19; cuyo plazo fue prorrogado por treinta y un (31) días calendario, contado a partir del 01 de enero 2021, en mérito a lo dispuesto por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 201-2020-PCM;
Que, las micro, pequeñas y medianas empresas constituyen un sector del tejido empresarial nacional que se encuentra en una situación de desventaja en el acceso a fuentes de financiamiento para sus actividades, lo que constituye una limitación para su crecimiento y desarrollo y por ende conlleva a una menor productividad, lo que es agravado con la actual situación económica del país por los efectos económicos de la pandemia...
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