ORDENANZA, N° 601/MDC, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE COMAS - Regulan el procedimiento de dación en pago (canje de deuda) de deudas tributarias por bienes y/o servicios en la Municipalidad Distrital de Comas-ORDENANZA-N° 601/MDC

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2020

Regulan el procedimiento de dación en pago (canje de deuda) de deudas tributarias por bienes y/o servicios en la Municipalidad Distrital de Comas

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 601/MDC

Comas, 9 de diciembre de 2020

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE COMAS

VISTOS: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 09 de diciembre de 2020, el Informe Nº 107-2020-SGRCT-GAT/MDC de la Subgerencia de Recaudación y Control Tributario, el Informe Nº 240-2020-GPP/MDC de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Memorándum Nº 1738-2020-GAF/MC de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Memorando Nº 450-2020-GAT/MDC y el Informe Nº 045-2020-GAT/MDC de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 470-2020-GAJ/MDC de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, el Memorando Nº 563-2020-GM/MDC de la Gerencia Municipal, el Dictamen Nº 018-2020-CAJ/MC de la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos; respecto al Proyecto de Ordenanza que regula el Procedimiento de Dación en Pago (Canje de Deuda) de deudas tributaria por bienes y/o servicios en la Municipalidad Distrital de Comas; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con lo prescrito en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, según el artículo numeral 8 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Concejo Municipal, entre otros, aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Asimismo, el artículo 40º de este mismo cuerpo normativo, precisa que las Ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;

Que, de acuerdo con el artículo 32º del TUO del Código Tributario, aprobado por D.S. Nº 133-2013-EF y sus modificatorias, los Gobiernos Locales, mediante ordenanzas, podrán disponer que el pago de sus tasas y contribuciones se realice en especie, los mismos que serán valuados, según el valor de mercado en la fecha en que se efectúen. Excepcionalmente, tratándose de impuestos municipales, podrán disponer el pago en especie a través de bienes inmuebles, debidamente inscritos en Registros Públicos, libres de gravámenes y desocupados; siendo el valor de los mismos el valor de autovalúo del bien o el valor de tasación comercial del bien efectuado por el Consejo Nacional de Tasaciones, el que resulte mayor; considerando como bien inmueble para estos efectos, los bienes susceptibles de inscripción en el Registro de Predios a cargo de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos;

Que, mediante Ordenanza Nº 536/MDC de fecha 28 de febrero de 2018, se aprobó el beneficio de pago de deudas tributarias y no tributarias mediante dación en pago de bienes y/o servicios, aplicable en la Municipalidad Distrital de Comas, la cual no contempla algunos acápites de tipo administrativo y recaudatorio inclusive, que a la fecha son de vital importancia para el correcto funcionamiento de nuestra institución;

Que, la Gerencia de Administración Tributaria y la Subgerencia de Recaudación y Control Tributario, mediante informes de vistos, presentan el Proyecto de Ordenanza que Regula el procedimiento de dación en pago (canje de deuda) de Deudas Tributarias en la Municipalidad Distrital de Comas, debidamente sustentada y conforme a normativa vigente;

Que, la Gerencia de Planificación y Presupuesto, mediante informe de visto, opina favorable respecto al proyecto de ordenanza, sugiriendo sea sometido al tratamiento y aprobación del Concejo Municipal;

Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, mediante informe de visto, opina de manera favorable respecto al Proyecto de Ordenanza que regula el Procedimiento de Dación en Pago (Canje de Deuda) de deudas tributaria por bienes y/o servicios en la Municipalidad Distrital de Comas, por encontrarlo arreglado a Ley;

Estando a lo expuesto, de conformidad con las atribuciones previstas en el numeral 8 del artículo y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, luego de la respectiva deliberación y evaluación de los documentos concernientes al Proyecto de Ordenanza que regula el Procedimiento de Dación en Pago (Canje de Deuda)...

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