RESOLUCION JEFATURAL, Nº 000210-2020/JNAC/RENIEC, ORGANOS AUTONOMOS, REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL - Suspenden plazo de la acción declarativa que se refieren los artículos 46º y 51º de la Ley Orgánica del RENIEC respecto de la inscripción del nacimiento (ordinaria) en los registros del estado civil, que se tramiten en todas las Oficinas Registrales a nivel nacional, por el periodo que dure el Estado de Emergencia Sanitaria declarada debido a la existencia del COVID-19-RESOLUCION JEFATURAL-Nº 000210-2020/JNAC/RENIEC

EmisorOrganos Autonomos
Fecha de la disposición29 de Diciembre de 2020

Suspenden plazo de la acción declarativa que se refieren los artículos 46º y 51º de la Ley Orgánica del RENIEC respecto de la inscripción del nacimiento (ordinaria) en los registros del estado civil, que se tramiten en todas las Oficinas Registrales a nivel nacional, por el periodo que dure el Estado de Emergencia Sanitaria declarada debido a la existencia del COVID-19

RESOLUCIÓN JEFATURAL

Nº 000210-2020/JNAC/RENIEC

Lima, 29 de diciembre de 2020

VISTOS:

El Informe Nº 000070-2020/GOR/RENIEC (10DIC2020) de la Gerencia de Operaciones Registrales, el Memorando Nº 002565-2020/GPP/RENIEC (18DIC2020) de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe Nº 002179-2020/GPP/SGP/RENIEC (18DIC2020) de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, las Hojas de Elevación Nº 000638-2020/GRC/RENIEC (13DIC2020) y Nº 000659-2020/GRC/RENIEC (21DIC2020) de la Gerencia de Registros Civiles, los Informes Nº 000348-2020/GRC/SGTN/RENIEC (10DIC2020) y Nº 000390-2020/GRC/SGTN/RENIEC (21DIC2020) de la Sub Gerencia Técnico Normativa de la Gerencia de Registros Civiles, el Memorando Nº 000536-2020/GG/RENIEC (23DIC2020) de la Gerencia General, el Informe Nº 000404-2020/GAJ/SGAJR/RENIEC (28DIC2020) de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 001444-2020/GAJ/RENIEC (18DIC2020) y la Hoja de Elevación Nº 000652-2020/GAJ/RENIEC (28DIC2020) de la Gerencia de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC, con arreglo a los artículos 177º y 183º de la Constitución Política del Perú, como un organismo constitucionalmente autónomo, que cuenta con personería jurídica de derecho público interno y goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera; teniendo como atribuciones y funciones, las de planear, organizar, normar y racionalizar las inscripciones de su competencia; registrar los nacimientos, matrimonios, divorcios, defunciones y demás actos que modifiquen el estado civil de las personas; mantener el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y las demás funciones inherentes a sus objetivos generales;

Que mediante...

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