DECRETO SUPREMO, N° 059-2020-RE, PODER EJECUTIVO, RELACIONES EXTERIORES - Decreto Supremo que modifica el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2020, del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, modificado por Decreto Supremo N° 030-2020-RE-DECRETO SUPREMO-N° 059-2020-RE

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición30 de Diciembre de 2020

Decreto Supremo que modifica el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2020, del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, modificado por Decreto Supremo N° 030-2020-RE

DECRETO SUPREMO

N° 059-2020-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 69 del Decreto Legislativo N°1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las cuotas a los Organismos Internacionales no financieros de los cuales el Perú es país miembro deben estar consideradas en el anexo de la Ley de Presupuesto del Sector Público; y, que la modificación de los montos de las cuotas internacionales incluidas en el citado anexo, se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último;

Que, el numeral 1.3 del artículo 1 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, establece que las cuotas internacionales a ser otorgadas durante el Año Fiscal 2020 por los pliegos presupuestarios, están contenidas en el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2020, en el que se detallan las entidades y montos que corresponden a las mencionadas cuotas internacionales; el cual podrá ser modificado, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores;

Que, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual se encuentra en la lista de pliegos presupuestarios contenida en el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2020, habiéndose consignado a su cargo el pago de la cuota anual 2020 a favor de diversos organismos internacionales, entre los que se encuentra el Comité de Políticas del Consumidor de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE);

Que, mediante Decreto Supremo N° 030-2020-RE, se modifica el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2020 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados del Pliego 183: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual; a...

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