SEPARATA ESPECIAL.Ordenanzas. Nº 15 y 17-2020-MDCLR y Acuerdos Nº 077 y 078-2020 -M. CALLAO.Ordenanza que aprueba el marco normativo del régimen tributario de los arbitrios municipales de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo del Periodo 2021 / Ordenanza que aprueba el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, de la declaración jurada y liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales y su respectiva distribución al domicilio fiscal correspondiente al Ejercicio 2021.fue aprobado por Decreto Supremo N°156-2004-EF, en su artículo 69° establece que las tasas por servicios públicos o arbitrios, se calcularán dentro del último trimestre de cada ejercicio fiscal anterior al de su aplicación, en función del co... -

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición29 de Diciembre de 2020

AÑO DE LA UNIVERSALIZACIÓN DE LA SALUD

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN

DE LA LEGUA - REYNOSO

ORDENANZA MUNICIPAL N° 15-2020-MDCLR

ORDENANZA QUE APRUEBA EL MARCO NORMATIVO DEL REGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE BARRIDO DE CALLES, RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO DEL PERIODO 2021

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

ACUERDO DE CONCEJO Nº 077-2020

ORDENANZA MUNICIPAL N° 17-2020-MDCLR

ORDENANZA QUE ESTABLECE EL DERECHO DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES DE LA DECLARACION JURADA Y LIQUIDACION DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2021

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

ACUERDO DE CONCEJO Nº 078-2020

separata especial

Martes 29 de diciembre de 2020

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

Acuerdo de Concejo Nº 077-2020

Callao, 17 de diciembre de 2020

El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto el Dictamen Nº 044-2020-MPC/CMPC-SR-COADPA de la Comisión de Administración y Protección Ambiental, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto UNANIME del Cuerpo de Regidores y en ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y su Reglamento de Organización Interior, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 40 señala que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia;

Que, Ley de Tributación Municipal, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo N°156-2004-EF, en su artículo 69° establece que las tasas por servicios públicos o arbitrios, se calcularán dentro del último trimestre de cada ejercicio fiscal anterior al de su aplicación, en función del costo efectivo del servicio a prestar y para la determinación de las obligaciones referidas en este párrafo deberán sujetarse a los criterios de racionalidad que permitan determinar el cobro exigido por el servicio prestado, basado en el costo que demanda el servicio y su mantenimiento, así como el beneficio individual prestado de manera real y/o potencial, debiendo utilizar de manera vinculada y dependiendo del servicio público involucrado, entre otros criterios que resulten válidos para la distribución: el uso, tamaño y ubicación del predio del contribuyente;

Que, asimismo, el referido artículo en su numeral 69-A precisa que las Ordenanzas que aprueban el monto de las tasas por arbitrios, explicando los costos efectivos que demanda el servicio según el número de contribuyentes de la localidad beneficiada, así como los criterios que justifiquen incrementos, de ser el caso, deberán ser publicadas a más tardar el 31 de diciembre del ejercicio fiscal anterior al de su aplicación.

Que, la Ordenanza Municipal Nº 019-2014 del 26 de agosto de 2014, aprueba el procedimiento de ratificación de ordenanzas distritales en el ámbito de la Provincia Constitucional del Callao, en el artículo 7 numeral 7.1 señala los requisitos aplicables a la ratificación de ordenanzas que aprueban arbitrios municipales;

Que, mediante Oficio N° 047-2020-SG-MDCLR la Municipalidad Distrital de Carmen de La Legua Reynoso, remite para su ratificación, la Ordenanza N° 15-2020/MDCLR de fecha 28 de octubre de 2020, que aprueba el marco normativo del Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Recolección de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo del período 2021 del distrito de Carmen de La Legua Reynoso;

Que, mediante Memorando N° 1914-2020-MPC-GGATR de la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, concluye que la ordenanza presentada se ajusta a lo dispuesto por las normas correspondientes y a lo dispuesto en la Sentencia 00187-2005-PI/TC emitido por el Tribunal Constitucional que establece que las tasas por servicios públicos se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio individualizado por el contribuyente, la cual constituye marco de jurisprudencia en la determinación de las tasas de los Arbitrios Municipales; asimismo, señala además que la misma se ha adecuado a las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID 19, lo ha conllevado a realizar modificaciones en sus estructuras de costos en las tasas de los servicios que presta, tasa de barrido de calles (baldeo y desinfección de calles y parques), tasa de residuos sólidos, tasa de parques y jardines y tasa de Seguridad Ciudadana – Serenazgo, considerando los elementos de bioseguridad, en consecuencia con su conformidad la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, considera que la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ordenanza Municipal Nº 019-2014-MPC, por lo que remite el expediente a fin de que se continúe con el procedimiento de ratificación de la Ordenanza Municipal N° 015-2020/MDCLR de fecha 28 de octubre de 2020, que aprueba el marco normativo del Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Recolección de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo del período 2021 del distrito de Carmen de La Legua Reynoso;

Que, mediante Memorando N° 3726-2020-MPC-GGAJC, la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación opina que de la revisión de los actuados y contando con la aprobación de la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas de ésta corporación edil resulta procedente ratificar la Ordenanza Municipal N° 015-2020/MDCLR de fecha 28 de octubre de 2020, que aprueba el marco normativo del Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Recolección de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo del período 2021 del distrito de Carmen de La Legua Reynoso;

Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Municipal Provincial del Callao, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta;

ACUERDA:

  1. RATIFICAR la Ordenanza Municipal N° 15-2020/MDCLR de fecha 28 de octubre de 2020, ORDENANZA QUE APRUEBA EL MARCO NORMATIVO DEL RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE RECOLECCIÓN DE BARRIDO DE CALLES, RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO DEL PERÍODO 2021 DEL DISTRITO DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO.

  2. Remitir copia certificada del presente Acuerdo a la Municipalidad Distrital de Carmen de La Legua Reynoso.

POR TANTO:

Mando se registre, comunique y cumpla.

PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS

Alcalde

ORDENANZA MUNICIPAL N° 15-2020-MDCLR

Carmen de la Legua Reynoso, 28 de octubre del 2020

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA – REYNOSO.

VISTO:

En Sesión Ordinaria de Concejo N° 020-2020-MDCLR de fecha 28 de octubre del 2020, Informe N° 233-2020-SGRRYEC-GAT/MDCLR de fecha 22 de octubre del 2020, emitido por la Sub Gerencia de Registro, Recaudación y Ejecución Coactiva, Informe N° 041-2020-GAT/MDCLR de fecha 22 de octubre del 2020, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, Memorando N° 331-2020-GAT/MDCLR de fecha 23 de octubre del 2020, Informe N° 318-2020-GAJ/MDCLR de fecha 23 de octubre del 2020, emitido por la Gerencia de Asesoría...

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