DECRETO SUPREMO, Nº 406-2020-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobierno Local-DECRETO SUPREMO-Nº 406-2020-EF

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición28 de Diciembre de 2020

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobierno Local

decreto supremo

n° 406-2020-ef

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Décima Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se reactiva la Comisión Especial creada por la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, para el Año Fiscal 2020, manteniendo su confirmación, atribuciones y competencias, a fin de continuar con el proceso de evaluación y cuantificación correspondiente a la devolución de los montos que los pliegos presupuestarios hubieren descontado respecto a la bonificación a que se refiere el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 037-94; para tal efecto, se dispone hasta la suma de S/ 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 SOLES) en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; los que se reincorporan en los pliegos respectivos, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, conforme al procedimiento establecido en el artículo 54 del mencionado Decreto Legislativo;

Que, mediante el Memorando N° 0439-2020-EF/53.05, que adjunta el Informe
N° 0521-2020-EF/53.05, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, señala que la Comisión Especial reactivada por el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, presenta su Informe Final dentro del plazo de ciento veinte (120) días hábiles, el cual además, contiene la información mínima requerida en la Resolución Directoral N° 001-2020-EF/53.01, que aprueba las “Normas complementarias para el funcionamiento de la Comisión Especial encargada de evaluar y cuantificar la devolución de los montos descontados de la bonificación a que se refiere el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 037-94”; por lo que resulta válido que se apruebe el decreto supremo que habilita la transferencia de los recursos para el pago de la devolución...

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