RESOLUCION, N° 214-2020-OS/CD, ORGANISMOS REGULADORES, ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA - Declaran fundado el recurso de reconsideración interpuesto por ENGIE Energía Perú S.A. contra la Resolución N° 168-2020-OS/CD-RESOLUCION-N° 214-2020-OS/CD

EmisorOrganismos Reguladores
Fecha de la disposición24 de Diciembre de 2020

Declaran fundado el recurso de reconsideración interpuesto por ENGIE Energía Perú S.A. contra la Resolución N° 168-2020-OS/CD

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN

EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN

N° 214-2020-OS/CD

Lima, 22 de diciembre de 2020

CONSIDERANDO:

  1. - ANTECEDENTES

    Que, en fecha 30 de octubre de 2020, fue publicada en el Diario Oficial El Peruano la Resolución N° 168-2020-OS/CD (“Resolución Impugnada”), mediante la cual, entre otras disposiciones, se fijaron los factores de actualización “p”, Factores de Ajuste Trimestral de los cargos Adicionales SPT, aplicables para determinar el Cargo Prima RER para el periodo noviembre 2020 – enero 2021;

    Que, con fecha 17 de noviembre de 20201, la empresa ENGIE Energía Perú S.A. (“ENGIE”) interpone recurso de reconsideración contra la Resolución Impugnada; siendo materia del presente acto administrativo el análisis y decisión del citado medio impugnativo;

    Que, a solicitud de ENGIE, el 14 de diciembre de 2020 se realizó la audiencia de informe oral con la finalidad de que la recurrente sustente su recurso de reconsideración ante el Consejo Directivo.

  2. - RECURSO DE RECONSIDERACIÓN Y ANÁLISIS DE OSINERGMIN

    Que, ENGIE en su recurso de reconsideración solicita que, se corrija el factor “p” del Cargo Prima RER correspondiente a la C.S. Intipampa, determinado en la Resolución Impugnada, considerando la revisión final de las Valorizaciones de Transferencias de Energía Activa del mes de Julio 2020 (Informe COESD/DO/SME-INF-116-2020) publicado por el COES.

    2.1 CORRECCIÓN DEL FACTOR DE AJUSTE TRIMESTRAL DEL CARGO PRIMA RER DE LA C.S. INTIPAMPA

    2.1.1 ARGUMENTOS DE LA RECURRENTE

    Que, ENGIE señala que, de la revisión realizada a la hoja de cálculo “03.Calculo DL1002-Nov20” publicada en la página web del OSINERGMIN en “Factores de Ajuste Trimestral de los cargos Adicionales SPT” periodo Noviembre 2020 – Enero 2021 y que corresponde a los cálculos de los cargos por prima para los meses restantes del Periodo Tarifario 2020 – 2021 considerados por la Resolución Impugnada, se ha verificado que para el mes de julio de 2020 se ha considerado como Inyección Neta de Energía de la C.S. Intipampa el valor de 7 855,51 MWh...

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