RESOLUCION, N° 180 - 2020-SUNARP/SN, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS - Modifican el Reglamento de Acceso a la Función Registral dentro del Sistema Nacional de los Registros Públicos-RESOLUCION-N° 180 - 2020-SUNARP/SN
Emisor | Organismos Tecnicos Especializados |
Fecha de la disposición | 14 de Diciembre de 2020 |
Modifican el Reglamento de Acceso a la Función Registral dentro del Sistema Nacional de los Registros Públicos
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL
DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
N° 180-2020-SUNARP/SN
Lima,14 de diciembre de 2020
VISTOS; el Informe Técnico N° 209-2020-SUNARP/OGRH del 14 de diciembre de 2020, de la Oficina General de Recursos Humanos; y, el Informe N° 672-2020-SUNARP/OGAJ del 14 de diciembre de 2020, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Ley N° 26366 se crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Sunarp, este último encargado de planificar, organizar, normar, regir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el sistema nacional, así como planificar, organizar, dirigir, ejecutar y controlar las actividades de carácter técnico y administrativo;
Que, mediante Resolución N° 064-2015-SUNARP/SN, se aprobó el Reglamento de Acceso a la Función Registral dentro del Sistema Nacional de los Registros Públicos, instrumento de gestión a través del cual se regula los aspectos vinculados al acceso de personal para el desempeño de la función registral, acorde con las disposiciones de la Ley N° 30057 - Ley del Servicio Civil y del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Sunarp, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013-JUS;
Que, a través de la Resolución N° 171-2020-SUNARP/GG del 13 de noviembre de 2020, se dispuso modificar los perfiles de puesto de Registrador Público y Asistente Registral de las Zonas Registrales N° I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, X, XI, XII, XIII y XIV, los cuales fueron elaborados en cumplimiento a las disposiciones de la Directiva N° 004-2017-SERVIR/GDSRH, “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Perfiles de Puestos- MPP” aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 312-2017-SERVIR/PE, así como el Anexo N° 01 de la “Guía Metodológica para el Diseño de Perfiles de Puestos para entidades públicas, aplicables a regímenes distintos a la Ley N° 30057;
Que, mediante la Resolución N° 168-2020-SUNARP/SN del 30 de noviembre de 2020, se modificaron los artículos 4, 5 y 6 del Reglamento de Acceso a la Función Registral dentro del Sistema Nacional de los Registros Públicos - Sunarp aprobado por Resolución N° 064-2015-SUNARP/SN, con la finalidad de adaptarlo a los nuevos perfiles de Registrador Público y Asistente Registral de las Zonas Registrales N° I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, X, XI, XII, XIII y XIV;
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley de Servicio Civil, las Oficinas de Recursos Humanos de las entidades públicas, es el órgano responsable del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y tienen entre sus funciones, la de formular lineamientos y políticas para el desarrollo del plan de gestión de personas y el óptimo funcionamiento del sistema de gestión de recursos humanos, así como gestionar los perfiles de puestos, entre otros;
Que, en ese contexto, de conformidad con lo dispuesto, en los literales c) y e) del artículo 42 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Sunarp, la Oficina General de Recursos Humanos es la encargada de diseñar, proponer y ejecutar las políticas referidas a la gestión y desarrollo de los recursos humanos en la entidad. De igual modo, propone, elabora y actualiza el Presupuesto Analítico de Personal - PAP, el Reglamento Interno de Trabajo - RIT, entre otros documentos de gestión del Sistema de Recursos Humanos, que incluye el Subsistema de Gestión del Empleo, y dentro de los cuales se encuentra el Reglamento de Acceso a la Función Registral dentro del Sistema Nacional de los Registros Públicos - Sunarp aprobado por Resolución N° 064-2015-SUNARP/SN, que constituye uno de los instrumentos de gestión para el acceso al empleo en la entidad;
Que, mediante el Informe Técnico N° 209-2020-SUNARP/OGRH, la Oficina General de Recursos Humanos propone la modificación del citado Reglamento de Acceso a la Función Registral dentro del Sistema Nacional de los Registros Públicos - Sunarp aprobado por Resolución N° 064-2015-SUNARP/SN, a fin de: i) modificar diversos artículos con la finalidad de contemplar disposiciones que regulen el desarrollo virtual de determinadas etapas del Concurso Público; y, ii) incluir una Tabla de Calificación de Curriculum Vitae acorde a los perfiles incorporados con la Resolución N°171-2020-SUNARP/GG y los requisitos modificados mediante la Resolución N° 168-2020-SUNARP/SN;
Que, a través del Informe N° 672-2020-SUNARP/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, concluye que resulta viable legalmente emitir el acto resolutivo que incorpore disposiciones que viabilicen...
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