RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 000362-2020-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Disponen la creación de órganos jurisdiccionales transitorios de descarga penal en las Cortes Superiores de Justicia de Lima y Lima Sur, encargados de tramitar los procesos penales bajo los lineamientos del Código de Procedimientos Penales de 1940 y dictan diversas disposiciones-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 000362-2020-CE-PJ

EmisorPoder Judicial
Fecha de la disposición14 de Diciembre de 2020

Disponen la creación de órganos jurisdiccionales transitorios de descarga penal en las Cortes Superiores de Justicia de Lima y Lima Sur, encargados de tramitar los procesos penales bajo los lineamientos del Código de Procedimientos Penales de 1940 y dictan diversas disposiciones

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 000362-2020-CE-PJ

Lima, 14 de diciembre del 2020

VISTO:

El Oficio N° 000175-2020-CR-UETI-CPP-PJ cursado por el señor Gustavo Álvarez Trujillo, Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal.

CONSIDERANDO:

Primero. Que la Secretaría General de la Gerencia General del Poder Judicial mediante Oficio Múltiple N° 000002-2019-SG-GG-PJ, comunicó a la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal el presupuesto aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas para el Ejercicio Fiscal 2020; así como el presupuesto para la implementación del Código Procesal Penal en la Corte Superior de Justicia de Lima y Lima Sur - Primer Tramo, cuyo monto asciende a S/ 25,968.610.50 y S/ 10,038.492.48 soles, respectivamente.

Segundo. Que, debido a la última modificación del calendario de implementación del Nuevo Código Procesal Penal en las Cortes Superiores de Justicia de Lima Sur y Lima, dispuesta por el Decreto Supremo N° 013-2020-JUS, para el 30 de abril y 31 de mayo de 2021, respectivamente, la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal determinó la necesidad de establecer propuestas que permitan ejecutar de manera óptima los saldos presupuestales generados por dicha postergación, a la luz del avance y término de las actividades de implementación en los citados distritos judiciales, los cuales, a la fecha, cuentan con los inmuebles arrendados y habilitados, además de los equipos informáticos necesarios para los módulos penales; habiendo también culminado el proceso de contratación de personal para ese fin.

Tercero. Que la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal aceptó la propuesta del representante del Poder Judicial, respecto a la urgente necesidad de abordar el eje de descarga, contenido en el Plan para la Consolidación de la Reforma Procesal Penal Peruana, en los Distritos Judiciales...

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