ORDENANZA, Nº 466-2020-G.R.P/CR, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE PASCO - Modifican y actualizan la conformación de Grupo Técnico de Diversidad Biológica y Cambio Climático de la Región Pasco-ORDENANZA-Nº 466-2020-G.R.P/CR

EmisorGobiernos Regionales
Fecha de la disposición28 de Noviembre de 2020

Modifican y actualizan la conformación de Grupo Técnico de Diversidad Biológica y Cambio Climático de la Región Pasco

CONSEJO REGIONAL

ORDENANZA REGIONAL

Nº 466-2020-G.R.P/CR

Cerro de Pasco, 20 de Octubre de 2020

POR CUANTO:

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO de conformidad con lo previsto en los artículos 68°, 197º y 198º de la Constitución Política del Perú de 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, la Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783, en uso de sus facultades establecidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, en la Sesión Ordinaria de Consejo Regional desarrollada el 20 de octubre de dos mil veinte, el Pleno del Consejo ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente;

VISTO: El DICTAMEN N° 006-2020-GRP-CR/CRRNNGMA de fecha 19 de octubre de dos mil veinte, emitido por la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente; relacionado a la creación del Grupo Técnico de Diversidad Biológica y Cambio Climático de la Región Pasco;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 191° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley No. 27867; establecen que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, administrativa y económica en asuntos de su competencia;

Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público con autonomía Política, económica y administrativa teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas y delegadas en el marco de políticas nacionales y sectoriales para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de la exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa;

Que, el inciso c) del artículo 53° de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, en funciones en materia ambiental y de ordenamiento territorial, señala: “Formular, coordinar, conducir y supervisar la aplicación de las estrategias regionales respecto a la diversidad biológica y sobre cambio climático, dentro del marco de la estrategias nacionales respectivas”;

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