DECRETO SUPREMO, N° 368-2020-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Aprueban operación de endeudamiento externo con el BIRF-DECRETO SUPREMO-N° 368-2020-EF

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición27 de Noviembre de 2020

Aprueban operación de endeudamiento externo con el BIRF

decreto supremo

N° 368-2020-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 016-2019, Decreto de Urgencia para el Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2020, autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 1 669 481 000,00 (UN MIL SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y UN MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS);

Que, como resultado de la reasignación entre los montos de endeudamiento interno y externo efectuada en el marco de la autorización establecida en el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto de Urgencia N° 016-2019, el monto autorizado para acordar operaciones de endeudamiento externo es hasta por US$ 2 974 793 109,69 (DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CIENTO NUEVE Y 69/100 DÓLARES AMERICANOS), de los cuales corresponden al Sub Programa Apoyo a la Balanza de Pagos hasta por US$ 1 405 312 109,69 (UN MIL CUATROCIENTOS CINCO MILLONES TRESCIENTOS DOCE MIL CIENTO NUEVE Y 69/100 DÓLARES AMERICANOS);

Que, en el marco de la autorización precedente, la República del Perú acuerda una operación de endeudamiento externo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF, hasta por un monto de US$ 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), denominada “Programa de Desarrollo del Capital Humano”, a ser ejecutada por el Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, tal operación de endeudamiento externo se efectúa con cargo al monto destinado al Sub Programa Apoyo a la Balanza de Pagos establecido en el inciso 2 del numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 016-2019;

Que, el citado endeudamiento es destinado para atender parte del pago del servicio de la deuda pública en armonía con el Marco Macroeconómico Multianual vigente;

Que, la referida operación de endeudamiento externo, contempla: la opción de Conversión de Moneda, la cual faculta a la República del Perú a solicitar la conversión de todo o parte del monto del préstamo...

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