RESOLUCION, N° D000061-2020-SUTRAN-SP, ORGANISMOS EJECUTORES, SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCIAS - Autorizan transferencia financiera a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, destinada a financiar entregas económicas a favor de deudos del personal de salud fallecidos como consecuencia de la COVID-19-RESOLUCION-N° D000061-2020-SUTRAN-SP

EmisorOrganismos Ejecutores
Fecha de la disposición26 de Noviembre de 2020

Autorizan transferencia financiera a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, destinada a financiar entregas económicas a favor de deudos del personal de salud fallecidos como consecuencia de la COVID-19

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

N° D000061-2020-SUTRAN-SP

Lima, 24 de noviembre del 2020

VISTOS: El Memorando N° D001790-2020-UR de la Unidad de Recursos Humanos, el Memorando N° D000857-2020-SUTRAN-UP de la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° D000096-2020-SUTRAN-OA de la Oficina de Administración, el Informe N° D000401-2020-SUTRAN-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y el Informe N° D000213-2020-SUTRAN-GG de la Gerencia General;

CONSIDERANDO:

Que, en el marco del Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020”, se expidió la Resolución de Superintendencia Nº 082-2019-SUTRAN/01.2, que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2020 del pliego 202: Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – Sutran, por un monto de S/ 83 313 006,00 (ochenta y tres millones trescientos trece mil seis con 00/100 soles);

Que, el artículo 1 del Decreto de Urgencia Nº 063-2020, que dispone el apoyo solidario de los funcionarios y servidores públicos del poder ejecutivo para la entrega económica a favor de los deudos del personal de salud, fallecidos a consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención del COVID-19, establece que su objeto es reducir de manera temporal, por un periodo de tres (03) meses, la remuneración del Presidente de la República y los ingresos mensuales, provenientes de su cargo, de los funcionarios y servidores públicos del Estado del Poder Ejecutivo, destinando los ahorros derivados de dicha reducción a contribuir con el financiamiento de medidas que permitan mitigar el impacto de la propagación del Coronavirus (COVID-19);

Que, el artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 063-2020, establece que lo normado es aplicable al Presidente de la República, así como a los funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo, cuyo ingreso mensual proveniente de su cargo sea igual o mayor a S/ 15,000.00 (Quince mil con 00/100 soles);

Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del...

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