RESOLUCION, N° 0447-2020-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman Acuerdo Regional que declaró improcedente solicitud de vacancia presentada contra gobernador del Gobierno Regional de Amazonas-RESOLUCION-N° 0447-2020-JNE

EmisorOrganos Autonomos
Fecha de la disposición18 de Noviembre de 2020

Confirman Acuerdo Regional que declaró improcedente solicitud de vacancia presentada contra gobernador del Gobierno Regional de Amazonas

Resolución N° 0447-2020-JNE

Expediente N° JNE.2020030507

AMAZONAS

VACANCIA

recurso de apelación

Lima, diez de noviembre de dos mil veinte.

VISTO, en audiencia pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Rojas Wachapa Impi, en contra del Acuerdo Regional N° 016-2020-GRA/CR-SE, del 26 de agosto de 2020, que rechazó la solicitud de vacancia presentada en contra de Oscar Ramiro Altamirano Quispe, gobernador del Gobierno Regional de Amazonas, por la causal de incapacidad física o mental permanente debidamente acreditada por el organismo competente y declarada por el consejo regional, establecida en el artículo 30, numeral 2, de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; teniendo a la vista el Expediente N° JNE.20200028279; y oído el informe oral.

ANTECEDENTES

La solicitud de declaratoria de vacancia

El 9 de marzo de 2020 (Expediente de Traslado N° JNE.2020028279), Rojas Wachapa Impi y Hortez Baitug Wajai presentaron una solicitud de declaratoria de vacancia en contra de Oscar Ramiro Altamirano Quispe, gobernador Regional de Amazonas, por la causal de incapacidad física o mental permanente debidamente acreditada por el organismo competente y declarada por el Consejo Regional, establecida en el artículo 30, numeral 2, de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (en adelante, LOGR), bajo los siguientes fundamentos:

  1. Es de conocimiento público que el gobernador regional de Amazonas sufrió de un derrame cerebral, por tal motivo, no se encuentra en sus capacidades físicas y mentales. También, es de conocimiento público que el citado gobernador sufrió una parálisis facial; a consecuencia de ello puede tener daños físicos y psicológicos.

  2. El gobernador regional sufre de diabetes, y que dicha enfermedad influye en las decisiones que toma el citado gobernador.

  3. El citado gobernador regional perdió la capacidad de lucidez, ya que no reconoce a mi persona u otro dirigente, a pesar de haberse reunido en más de cinco oportunidades.

  4. Además, se queda en dormido en las reuniones que sostuvo el gobernador regional con el solicitante de la vacancia, asimismo, regresa del baño con el cierre abajo.

  5. La autoridad cuestionada no maneja los debates de manera idónea, ya que levanta la voz a los participantes, golpea de manera reiterada la mesa; por último, sufre de la vista, ya que varias veces se pudo apreciar que sus ojos lagrimean, lo que provoca su falta de atención.

    Descargos de la autoridad cuestionada

    El 26 de agosto de 2020, Oscar Ramiro Altamirano Quispe, gobernador regional, presentó sus descargos, señalando los siguientes fundamentos:

  6. A la fecha se encuentra totalmente sano, para seguir ejerciendo sus funciones como autoridad regional.

  7. La causal estipulada en el numeral 2 del artículo 30 de la LOGR se refiere a una incapacidad física o mental actual, no a dolencias o enfermedades que tuvo en el pasado. Asimismo, la norma establece de una incapacidad de forma permanente, de la cual no ocurre en el presente caso.

  8. Dicha causal se trata de una incapacidad que la autoridad competente no le permita efectuar actividad alguna, en cumplimiento de sus funciones, que debe ser acreditada por la autoridad competente, lo cual, en el presente caso, no existe.

    Pronunciamiento del consejo regional sobre la solicitud de vacancia

    En Sesión Extraordinaria Virtual del Consejo Regional Amazonas N° 011, de fecha 26 de agosto de 2020, con dos (2) votos a favor, seis (6) en contra y una (1) abstención, el Consejo Regional de Amazonas rechazó el pedido de vacancia al no haber alcanzado el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de sus miembros. Dicha sesión fue formalizada mediante el Acuerdo Regional N° 016-2020-GRA/CR-SE, de la misma fecha.

    Recurso de apelación

    El 23 de setiembre de 2020, Rojas Wachapa Impi interpuso recurso de apelación en contra del Acuerdo Regional N° 016-2020-GRA/CR-SE, del 26 de agosto de 2020, con los siguientes fundamentos:

  9. Se vulneró el debido proceso, ya que no permitieron que todos los consejeros regionales voten para que el gobernador regional pase por una junta médica y se determine si está capacitado física y psicológicamente para seguir ejerciendo dicho cargo.

  10. En el acta de sesión del consejo regional, falta motivación; asimismo, no se detalla de forma clara la votación realizada por los consejeros regionales.

  11. No se permitió votar a la consejera regional Milagritos Liliana Zurita Mejía, en...

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