RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 0027-2020-EF/50.01, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Aprueban “Directiva de Seguimiento en el marco de la Fase de Evaluación Presupuestaria”-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 0027-2020-EF/50.01
Emisor | Poder Ejecutivo |
Fecha de la disposición | 27 de Octubre de 2020 |
Aprueban “Directiva de Seguimiento en el marco de la Fase de Evaluación Presupuestaria”
Resolución Directoral
Nº 0027-2020-EF/50.01
Lima, 27 de octubre de 2020
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que la Dirección General de Presupuesto Público es el ente rector y ejerce la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y tiene, entre otras funciones, la de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario; emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; y, promover el perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria;
Que, el numeral 55.1 del artículo 55 del Decreto Legislativo Nº 1440, establece que la Fase de Evaluación Presupuestaria es el análisis sistemático y continuo del desempeño en la gestión del presupuesto y en el logro de los resultados prioritarios y objetivos estratégicos institucionales, con el propósito de contribuir a la calidad del gasto público; y comprende el Seguimiento y la Evaluación; asimismo, el artículo 56 de la citada norma, señala que el Seguimiento, es el ejercicio priorizado de análisis de las relaciones entre recursos – insumo – producto – resultado, a través del uso de indicadores de desempeño y otros instrumentos que se consideren pertinentes, con el propósito de identificar avances y resultados obtenidos con respecto a los esperados en las líneas de producción de productos, que permitan la toma de decisiones precisa y oportuna para la provisión de los servicios públicos; estableciendo que la Dirección General de Presupuesto Público establece los mecanismos para realizar dicho Seguimiento;
Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar la “Directiva de Seguimiento en el marco de la Fase de Evaluación Presupuestaria”, con el objeto de establecer los procedimientos y lineamientos para el análisis de las relaciones entre recursos-insumo-producto-resultado, con el propósito de identificar avances y resultados obtenidos, como parte del Seguimiento en el marco de la Fase de Evaluación Presupuestaria;
En uso de las facultades conferidas en el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
SE RESUELVE:
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ZOILA CRISTINA LLEMPÉN LÓPEZ
Directora General
Dirección General de Presupuesto Público
DIRECTIVA DE SEGUIMIENTO EN EL
MARCO DE LA FASE DE EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA
Directiva Nº 0003-2020-EF/50.01
1.1 La presente Directiva tiene por objeto establecer los procedimientos y lineamientos para el análisis de las relaciones entre recursos-insumo-producto-resultado, con el propósito de identificar avances y resultados obtenidos, como parte del Seguimiento en el marco de la Fase de Evaluación Presupuestaria.
1.2 El análisis de las relaciones entre recursos-insumo-producto-resultado referido en el numeral precedente comprende los bienes y servicios que pueden formar parte de inversiones, proyectos, programas presupuestales, entre otras intervenciones; con el fin de permitir la toma de decisiones precisas y oportunas para la provisión de bienes y servicios públicos.
1.3 La presente Directiva es de aplicación a las Entidades del Sector Público, comprendidas dentro del ámbito de aplicación del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
La presente Directiva se enmarca en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
3.1 Alerta: Notificación de un problema identificado que representa un riesgo en la implementación o ejecución de un producto.
3.2 Avance: Estado que permite conocer la evolución y/o grado de cumplimiento de las metas en el tiempo.
3.3 Condición de Interés: Cualidad o atributo intrínseco o extrínseco de las personas, hogares, organizaciones, comunidades o del entorno natural y no natural (construcción o modificación del entorno realizado por personas) sobre la cual se desea incidir por ser de interés al desarrollo sostenible.
3.4 Ficha Técnica: Instrumento con información requerida para el cálculo de un indicador como: Programa Presupuestal asociado, ámbito de control, unidad de medida, método de cálculo, limitaciones, supuestos y precisiones técnicas, periodicidad de mediciones, fuente de datos, alcance geográfico.
3.5 Indicador: Instrumento de medición cuantitativo, observable, medible y verificable que permite describir características, cambios, comportamientos o desempeño de una intervención.
3.6 Indicador de Desempeño: Instrumento cuya finalidad es medir la evolución de un resultado, la eficacia de un producto o la eficiencia de la línea de producción a partir de la relación de dos o más variables.
3.7 Indicador de Producto: Instrumento cuya finalidad es medir la cobertura de los productos, entendiéndose cobertura como la dotación del servicio con todas sus características y particularidades.
3.8 Indicador de Resultado: Instrumento cuya finalidad es medir la magnitud de los cambios que se esperan observar en las condiciones de vida de la población o en la condición de interés.
3.9 Indicador de Línea de Producción: Indicador cuya finalidad es medir la eficacia, la eficiencia y/o la efectividad de la línea de producción para detectar: i) defectos en la entrega del producto, ii) uso ineficiente de los recursos, iii) falencias en la articulación entre insumos, iv) dotación inoportuna de productos; vi) diferencias entre las características del producto y las expectativas del usuario; o vii) experiencias adversas del usuario con la dotación del producto.
3.10 Información Primaria: Tipo de datos obtenidos directamente del objeto analizado (persona, entidad, entre otros) utilizando determinadas técnicas y mecanismos de recolección de información.
3.11 Informe Global de la Gestión Presupuestaria (IGGP): Es el resultado del análisis sistemático del desempeño de la gestión presupuestaria y del logro de los resultados correspondientes al año fiscal en evaluación; realizado en el marco de la Fase de Evaluación Presupuestaria.
3.12 Insumo: Comprende los recursos utilizados en el proceso de provisión de los productos. Incluye el capital físico (infraestructura, maquinarias, materiales y equipos), humano, institucional, intelectual y/o natural.
3.13 Intervención: Se refiere a la cadena de resultados, productos y línea de producción de todo aquel proyecto, inversión, programa presupuestal, estrategia, política, fondo, institución y/u organismo.
3.14 Línea de Producción: Secuencia de...
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