DECRETO DE ALCALDIA, Nº 16, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA - Eliminan del TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima el concepto “Verificación Técnica” incluido sus requisitos y derechos de trámite e incorporan el servicio denominado “Verificación Técnica” al Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 16
Fecha de disposición | 24 Octubre 2020 |
Fecha de publicación | 24 Octubre 2020 |
Sección | Sección Única |
Eliminan del TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima el concepto “Verificación Técnica” incluido sus requisitos y derechos de trámite e incorporan el servicio denominado “Verificación Técnica” al Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE
DECRETO DE ALCALDÍA N° 16
Lima, 19 de octubre de 2020
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA
VISTO:
El Memorando N° 127-2020-MML-GDU y el Memorando N° 180-2020-MML-GDU de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe N° 67-2020-MML-GP-SOM de la Subgerencia de Organización y Modernización de la Gerencia de Planificación, el Memorando S/N-2020-MML-GP de la Gerencia de Planificación y la comunicación electrónica de fecha 28 de mayo de 2020 de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el Artículo 6 de la mencionada ley, señala que la Alcaldía es el órgano ejecutivo del Gobierno Local, siendo el Alcalde su representante legal y la máxima autoridad administrativa. Asimismo, según el Artículo 42 de la precitada Ley, los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas; sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;
Que, el numeral 44.5 del Artículo 44 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General...
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