RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 000322-P-CSJLI-PJ, PODER JUDICIAL, CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA - Modifican la denominación del Módulo de Violencia Familiar como Módulo de Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la Corte Superior de Justicia de Lima y disponen medidas complementarias-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 000322-P-CSJLI-PJ

Fecha de disposición17 Octubre 2020
Fecha de publicación17 Octubre 2020
SecciónSección Única

Modifican la denominación del Módulo de Violencia Familiar como Módulo de Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la Corte Superior de Justicia de Lima y disponen medidas complementarias

Presidencia de la Corte Superior de

Justicia de Lima

RESOLUCION ADMINISTRATIVA

N° 000322-2020-P-CSJLI-PJ

Lima, 15 de octubre de 2020

VISTOS:

La Resolución Administrativa N° 232-2020-CE-PJ, de fecha 27 de agosto del 2020, la Resolución Administrativa N° 306-2020-P-CSJLI-PJ de fecha 30 de setiembre de 2020, la Resolución Administrativa N° 274-2020-CE-PJ, de fecha 28 de setiembre del 2020, la comunicación electrónica institucional S/N-CDG-USJ-CSJLI-PJ de fecha 8 de octubre de 2020 enviada por la Coordinación a cargo del Centro de Distribución General, el Oficio N° 76-2020-CJG/PJ de fecha 12 de octubre, y;

CONSIDERANDO:

  1. Que, mediante la Resolución Administrativa N° 232-2020-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso crear a partir del 1 de octubre del 2020, el Módulo de Violencia Familiar de la Corte Superior de Justicia de Lima, el cual está conformado por el 1°, 7°, 8°, 9°, 11°, 12°, 13°, 15° y 21° Juzgado de Familia de Lima, asimismo, se les otorga la denominación de Juzgados con subespecialidad en Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de la Ley N° 30364.

  2. Que, en atención al inicio del funcionamiento de esta sub especialidad se emitió la Resolución Administrativa N° 306-2020-P-CSJLI-PJ que dispone entre otros, la redistribución de expedientes de todos los juzgados de familia de sus procesos de familia civil, tutelar o violencia familiar, hacia sus pares correspondientes de acuerdo con la competencia funcional de los procesos que en adelante conocerán; asimismo, se disponen los diversos lineamientos a cumplir para una adecuada redistribución de expedientes.

  3. Que, mediante el artículo undécimo de la Resolución Administrativa N° 274-2020-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial modificó la denominación del Módulo de Violencia Familiar de la Corte Superior de Justicia, creado mediante la Resolución señalada en el punto 1 precedente, como Módulo de Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, acorde con la Ley N° 30364 – Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, por lo cual corresponde rectificar la denominación al módulo sub especializado de esta Corte Superior de Justicia.

  4. Que, mediante comunicación electrónica institucional la Coordinación a cargo del Centro de Distribución General adscrita a la Unidad de Servicios Judiciales, informa a este despacho...

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