RESOLUCION, Nº 1174-GG-ESSALUD-2020, PODER EJECUTIVO, TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO - Aprueban el Cuadro de Equivalencias de las unidades de organización de la Red Prestacional Sabogal y del Hospital Nacional Alberto Sabogal Sologuren-RESOLUCION-Nº 1174-GG-ESSALUD-2020

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición16 de Octubre de 2020

Aprueban el Cuadro de Equivalencias de las unidades de organización de la Red Prestacional Sabogal y del Hospital Nacional Alberto Sabogal Sologuren

RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL

N° 1174-GG-ESSALUD-2020

Lima, 9 de octubre de 2020

VISTOS:

El Memorado N° 4990-GCPP-ESSALUD-2020 e Informe N° 201-GOP-GCPP-ESSALUD-2020 de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 1414-GCAJ-ESSALUD-2020 e Informe N° 561-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2020 de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 1° de la Ley N° 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud - ESSALUD, concordado con el artículo 39° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, ESSALUD es una entidad administradora de fondos intangibles de la seguridad social, adscrito al Sector Trabajo y Promoción del Empleo, y tiene por finalidad dar cobertura a los asegurados y sus derechohabientes, a través del otorgamiento de prestaciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas y prestaciones sociales que corresponden al Régimen Contributivo de la Seguridad Social;

Que, en el numeral 2.1 del artículo 2° de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 630-PE-ESSALUD-2020, se aprobó el Manual de Operaciones de la Red Prestacional Sabogal y el Manual de Operaciones del Hospital Nacional Alberto Sabogal Sologuren;

Que, en el numeral 2.2. del artículo 2° de la referida Resolución de Presidencia Ejecutiva se dejó sin efecto el Reglamento de Organización y Funciones de la Red Prestacional Sabogal;

Que, el numeral 3.4 del artículo 3° de la citada Resolución de Presidencia Ejecutiva, encarga a los órganos centrales la ejecución de los actos de administración interna necesarios, en el ámbito de sus respectivas competencias, para la implementación de lo dispuesto en los Manuales de Operaciones aprobados en la señalada Resolución, en el marco de la normatividad vigente;

Que, acorde al artículo 36° del Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud – ESSALUD, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 767-PE-ESSALUD-2015 y modificatorias, la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto es el órgano de asesoramiento encargado del planeamiento, el presupuesto, costos, la organización corporativa y modernización, el planeamiento y evaluación de inversiones, el sistema estadístico institucional y la generación de información...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR