DECRETO DE ALCALDIA, Nº 016-2020/MM, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES - Aprueban la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 016-2020/MM
Emisor | Gobiernos Locales |
Fecha de la disposición | 13 de Octubre de 2020 |
Aprueban la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 016-2020/MM
Miraflores, 13 de octubre de 2020
EL ALCALDE DE MIRAFLORES;
VISTO, el Memorándum Nº 363-2020-SG/MM de fecha 08 de octubre de 2020, de Secretaria General, el Informe Nº 070-2020-SGRE-GPP de fecha 10 de octubre de 2020 que adjunta el Informe Técnico Nº 069-2020 de la Subgerencia de Racionalización y Estadística; el Memorándum Nº 311-2020-GPP/MM de fecha 12 de octubre de 2020 de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe Nº 209-2020-GAJ/MM de fecha 13 de octubre de 2020, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 539-2020-GM/MM de fecha 13 de octubre de 2020, de la Gerencia Municipal y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente, de conformidad con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalides;
Que, de conformidad con el artículo 6º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Alcalde es el representante legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa; asimismo, el artículo 42º de la precitada Ley, señala que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal;
Que, el artículo 29º del TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que “Se entiende por procedimiento administrativo al conjunto de actos y diligencias tramitados en las entidades, conducentes a la emisión de un acto administrativo que produzca efectos jurídicos individuales o individualizables sobre intereses, obligaciones o derechos de los administrados”; siendo que, el numeral 40.1 del artículo 40º dispone que “Los procedimientos...
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