RESOLUCION DIRECTORAL, N° 000295-2020-DGPA/MC, PODER EJECUTIVO, CULTURA - Determinan la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Huaca Tupac Amaru - Sector B, ubicado en el distrito de Tumán, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque-RESOLUCION DIRECTORAL-N° 000295-2020-DGPA/MC

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 6 de Octubre de 2020

Determinan la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Huaca Tupac Amaru - Sector B, ubicado en el distrito de Tumán, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque

RESOLUCION DIRECTORAL

N° 000295-2020-DGPA/MC

San Borja, 6 de octubre del 2020

Vistos, el Informe de Inspección N° 07-2020-COM-DDC LAMBAYEQUE-MC, en razón del cual la Dirección Desconcentrada de Cultura Lambayeque sustenta la propuesta para la determinación de la protección provisional del Sitio Arqueológico Huaca Tupac Amaru - Sector B, ubicado en el distrito de Tumán, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque; los Informes N° 000117-2020-DSFL-MDR/MC y N° 000514-2020-DSFL/MC de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal; el Informe N° 000220-2020-DGPA-LRS/MC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, y;

CONSIDERANDO:

Que, según se establece en el artículo 21 de la Constitución Política del Perú, “Los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son patrimonio cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública. Están...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR