DECRETO SUPREMO, N° 297-2020-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil-DECRETO SUPREMO-N° 297-2020-EF

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 1 de Octubre de 2020

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil

decreto supremo

n° 297-2020-ef

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Oficio N° 1065-2020-MINDEF/DM, el Ministerio de Defensa solicita una demanda adicional de recursos hasta por la suma de S/ 10 415 700,00 (DIEZ MILLONES CUATROCIENTOS QUINCE MIL SETECIENTOS Y 00/100 SOLES) a favor del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil, para financiar la adquisición y distribución de alimentos por un periodo de quince (15) días para cuarenta mil (40 000) familias vulnerables a consecuencia de la declaratoria del Estado de Emergencia Nacional y de la Emergencia Sanitaria a nivel nacional, en el marco del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 067-2020-PCM; adjuntando, para ello, el Informe N° 0304-2020-MINDEFVRD-DGPP-DIPP, de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio; así como el Informe Técnico
N° 282-2020-INDECI/4.0 de la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Instituto Nacional de Defensa Civil;

Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas;

Que, conforme a lo dispuesto por el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 051-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias para financiar los mayores gastos derivados de la Emergencia Sanitaria del COVID-19 durante el Año Fiscal 2020, las demandas de gasto destinadas a la prevención y contención del COVID-19, pueden ser financiadas de manera extraordinaria y temporal durante el Año Fiscal 2020 con recursos de la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, provenientes de la emisión de bonos que se autoriza en el...

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