RESOLUCION, N° 000152-2020/SUNAT, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - Autoriza transferencia financiera a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a fin de contribuir con la entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud, fallecidos a consecuencia del Covid-19-RESOLUCION-N° 000152-2020/SUNAT
Emisor | Organismos Tecnicos Especializados |
Fecha de la disposición | 28 de Septiembre de 2020 |
Autoriza transferencia financiera a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a fin de contribuir con la entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud, fallecidos a consecuencia del Covid-19
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 000152-2020/SUNAT
AUTORIZA TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DEL PLIEGO MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SEGÚN LO DISPUESTO EN EL DECRETO DE URGENCIA Nº 063-2020
Lima, 24 de septiembre de 2020
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 1 del Decreto de Urgencia Nº 063-2020, Decreto de Urgencia que dispone el apoyo solidario de los funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo para la entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud, fallecidos a consecuencia del Covid-19, se dispone que dicha norma tiene por objeto reducir de manera temporal, por un periodo de tres (03) meses, la remuneración del Presidente de la República y los ingresos mensuales, provenientes de su cargo, de los funcionarios y servidores públicos del Estado del Poder Ejecutivo, destinando los ahorros derivados de dicha reducción a contribuir con el financiamiento de medidas que permitan mitigar el impacto de la propagación del Coronavirus (COVID-19);
Que, adicionalmente, el numeral 6.4 del artículo 6 del Decreto de Urgencia Nº 063-2020 autoriza a las entidades del Poder Ejecutivo a realizar transferencias financieras a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, por el monto total de la reducción de la remuneración e ingresos económicos de los funcionarios públicos; asimismo, indica que dichas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del Titular del pliego, previa opinión favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego, y se publica en el Diario Oficial El Peruano;
Que la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 070-2020 señala que las transferencias financieras a que se refiere el numeral 6.4 del artículo 6 del Decreto de Urgencia Nº 063-2020 quedan exoneradas de las restricciones previstas en los numerales 9.1 y 9.4 del artículo 9 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, así como de la...
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