ORDENANZA, Nº 427/MDSJM, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES - Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad-ORDENANZA-Nº 427/MDSJM

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición23 de Septiembre de 2020

Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad

ORDENANZA Nº 427 /MDSJM

San Juan de Miraflores, 31 de marzo de 2020.

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE SAN JUAN DE MIRAFLORES

VISTOS:

En Sesión Ordinaria del Concejo de la fecha, el Informe Nº 080-2020-SGPEYCT a través del cual la Subgerencia de Planeamiento Estratégico y Cooperación Técnica adjunta el proyecto de Actualización del Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos (TUPA) para el costeo respectivo, el Memorándum Nº 108-2020/GPP/MDSJM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, los Memorandos Nos. 570-2020/GAF/MDSJM y 571-2020/GAF/MDSJM de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe Nº 084-2020-SGPEYCT de la Subgerencia de Planeamiento Estratégico y Cooperación Técnica, el Informe Nº 064-2020-GPP/MDSJM, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 153-2020/GAJ/MDSJM, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 493-2020-GM-MDSJM, de la Gerencia Municipal.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y el artículo II del Título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 señala que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, de acuerdo al artículo 200º numeral 4 de la Constitución Política del Perú.

Que, el numeral 40.3 del artículo 40º del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala que los procedimientos administrativos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, aprobados para cada entidad.

Que, la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, aprueba los Lineamientos Para la Formulación y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, señalando que en el caso de Gobiernos Locales, se aprobará mediante Ordenanza Municipal.

Que, los numerales 44.2 y 44.3 del artículo 44º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, establecen la forma para la publicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, indicando que la norma que aprueba el TUPA, se publica en el Diario Oficial El Peruano, en tanto que el TUPA y la disposición legal de aprobación, se publican obligatoriamente en el portal del Diario Oficial El Peruano y adicionalmente se difunde a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo portal institucional.

Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades en su artículo 40º dispone la formalidad que debe revestir la potestad legislativa en materia tributaria, disponiendo que las tasas y contribuciones deben ser ratificados por la Municipalidad Provincial, procedimiento que para el caso de la Provincia de Lima se encuentra establecido en la Ordenanza Nº 2085-MML, la cual regula el procedimiento de ratificación de las Ordenanzas aprobadas por las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima que crean, modifican o regulen tasas o contribuciones dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones.

Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, ha elaborado el Proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores, a través del cual se aprueban los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, así como los correspondientes derechos de tramitación, contando para ello con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la conformidad de la Gerencia Municipal, por lo que corresponde ser aprobado por Concejo Municipal.

Estando a lo expuesto y de conformidad a lo anotado en el numeral 8 del artículo y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó por MAYORÍA la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA

PROCEDIMIENTOS, SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD,

REQUISITOS Y DERECHOS DE TRAMITACIÓN

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