RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 000113-2020-P-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Suspenden labores del Poder Judicial, así como plazos procesales y administrativos, en órganos jurisdiccionales y administrativos de diversos Distritos Judiciales; y disponen el reinicio de labores en órganos jurisdiccionales y administrativos de Distritos Judiciales ubicados en las jurisdicciones de los departamentos y provincias que se encontraban en aislamiento social obligatorio (cuarentena) hasta el 30 de setiembre de 2020 según lo dispuesto en la Res. Adm. N° 000234-2020-CE-PJ-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 000113-2020-P-CE-PJ

Fecha de disposición19 Septiembre 2020
Fecha de publicación23 Septiembre 2020
SecciónSección Única

Suspenden labores del Poder Judicial, así como plazos procesales y administrativos, en órganos jurisdiccionales y administrativos de diversos Distritos Judiciales; y disponen el reinicio de labores en órganos jurisdiccionales y administrativos de Distritos Judiciales ubicados en las jurisdicciones de los departamentos y provincias que se encontraban en aislamiento social obligatorio (cuarentena) hasta el 30 de setiembre de 2020 según lo dispuesto en la Res. Adm. N° 000234-2020-CE-PJ

PRESIDENCIA DEL CONSEJO EJECUTIVO

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 000113-2020-P-CE-PJ

Lima, 19 de septiembre del 2020

VISTO:

El Decreto Supremo N° 151-2020-PCM, publicado en el Diario Oficial del Bicentenario El Peruano el 17 de setiembre del año en curso.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, por Decreto Supremo N° 008-2020-SA se declaró la Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa días calendario, dictándose medidas para la prevención y control a fin de evitar la propagación del COVID-19; siendo prorrogado a través de los Decretos Supremos Nros. 020-2020-SA y 027-2020-SA.

Segundo. Que el numeral cinco de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 026-2020, de fecha 15 de marzo de 2020, estableció que en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, el Poder Judicial y los organismos constitucionales autónomos disponen la suspensión de los plazos procesales y procedimentales que consideren necesarios a fin de no perjudicar a los ciudadanos; así como las funciones que dichas entidades ejercen.

Tercero. Que, en ese contexto, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resoluciones Administrativas N° 115-2020-CE-PJ, N° 117-2020-CE-PJ, N° 118-2020-CE-PJ, N° 061-2020-P-CE-PJ, N° 062-2020-P-CE-PJ y N° 000157-2020-CE-PJ, dispuso la suspensión de las labores del Poder Judicial; así como los plazos procesales y administrativos hasta el 30 de junio de 2020, en concordancia con el Decreto Supremo N° 094-2020-PCM, reiterándose se mantengan las medidas administrativas establecidas mediante...

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