ORDENANZA, Nº 003-2020-GR-LL/CR, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD - Autorizan contratación de médicos peruanos y extranjeros durante el periodo de emergencia sanitaria dispuesto a nivel nacional-ORDENANZA-Nº 003-2020-GR-LL/CR
Emisor | Gobiernos Regionales |
Fecha de la disposición | 18 de Septiembre de 2020 |
Autorizan contratación de médicos peruanos y extranjeros durante el periodo de emergencia sanitaria dispuesto a nivel nacional
ORDENANZA REGIONAL
Nº 003-2020-GR-LL/CR
ORDENANZA REGIONAL QUE AUTORIZA LA CONTRATACIÓN DIRECTA DE MEDICOS PERUANOS Y EXTRANJEROS DURANTE EL PERIODO DE EMERGENCIA SANITARIA DISPUESTO A NIVEL NACIONAL MEDIANTE EL DECRETO DE URGENCIA N° 029-2020 COMO MEDIDAS EXCEPCIONALES DE PREVENCIÓN Y CONTROL DEL COVID-19
EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno La Libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, Ley Nº 27680, Ley de Bases de Descentralización Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modificatorias, y demás normas complementarias;
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD,
Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional siguiente:
En Sesión Ordinaria Virtual Continuada del Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad de fecha 20 de abril del 2020,VISTO Y DEBATIDO el oficio Nº 028-2020-GRLL/CR-GAQD, suscrito por el Consejero Regional por la provincia de Ascope, abogado Greco Vladimir Augusto Quiroz que contiene el Proyecto de Ordenanza Regional relativo “Aprobar la contratación directa de médicos peruanos y extranjeros durante el periodo de emergencia sanitaria dispuesto a nivel nacional mediante Decreto Supremo Nº 029-2020-SA como medidas excepcionales de prevención y control del COVID-19”,el cual fue sometido a debate con dispensa de los informes técnicos y legales y del dictamen de Comisión respectivo; por tratarse de una cuestión de puro derecho, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Orgánica de Gobierno Regionales, modificada por la Ley Nº 27902, establece en su artículo 38º que el Consejo Regional, como órgano normativo del Gobierno Regional, tiene la atribución de aprobar la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentar materias de su competencia a través de Ordenanzas Regionales;
Que, el Gobierno Regional de La Libertad tiene como competencia compartida la salud pública, tal como lo establece el Art. 36º de la Ley Nº 27783 Ley Orgánica de Bases de la Descentralización, concordante con el inc. b) del numeral 2 del Art. 10º y el Art. 49º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobierno Regionales que establece las Funciones en materia de salud, incisos; a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas de salud, g) Organizar, implementar y mantener los servicios de salud para la prevención, protección, recuperación y...
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