DECRETO DE ALCALDIA, Nº 014-2020-ALC/MSI, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO - Convocan a presidentes de los Comités de Delegados Vecinales de las Juntas Vecinales del distrito de San Isidro para la elección de su representante ante el Concejo Municipal y dictan otras disposiciones-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 014-2020-ALC/MSI
Emisor | Gobiernos Locales |
Fecha de la disposición | 16 de Septiembre de 2020 |
Convocan a presidentes de los Comités de Delegados Vecinales de las Juntas Vecinales del distrito de San Isidro para la elección de su representante ante el Concejo Municipal y dictan otras disposiciones
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 014 -2020-ALC/MSI
San Isidro, 15 de setiembre del 2020
EL ALCALDE DE SAN ISIDRO
VISTOS: Los Informes Vía Remota N° 005 y N° 008-2020-0130-GPV/MSI de la Gerencia de Participación Vecinal, el Memorándum Vía Remota N° 141-2020-10.00-GTIC/MSI de la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, y el Informe Vía Remota N° 0167-2020-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, los artículos 194° y 197° de la Constitución Política del Perú establecen que las municipalidades son órganos de gobierno local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, así como, que las municipalidades promueven y apoyan la participación vecinal en el desarrollo local; concordante con su artículo 31° que señala que es derecho y deber de los vecinos participar en el gobierno municipal de su jurisdicción y que la ley norma y promueve los mecanismos directos e indirectos de su participación;
Que, los artículos 111° y 113°, numeral 6, de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 y modificatorias, prescriben que los vecinos de una circunscripción municipal intervienen en la gestión administrativa y de gobierno municipal a través de mecanismos de participación vecinal y pueden ejercer su derecho de participación vecinal en la municipalidad de su distrito, entre otros, mediante el mecanismo de participación de las Juntas Vecinales;
Que, el artículo 116° de la citada Ley N° 27972 establece que los concejos municipales constituyen juntas vecinales, mediante convocatoria pública a elecciones, y que las juntas vecinales comunales, a través de sus representantes acreditados, tendrán derecho a voz en las sesiones del concejo municipal;
Que, mediante Ordenanza N° 334-MSI, modificada por las Ordenanzas N° 400-MSI y 497-MSI, se aprueba la Constitución y Reglamento de Organización y Funciones de las Juntas Vecinales del distrito de San Isidro, señalando en sus artículos 1°, 3°, 4° y 33°, que las Juntas Vecinales del distrito de San Isidro están conformadas por vecinos de los veinticuatro (24) subsectores del distrito, las cuales son representadas por sus Delegados Vecinales, elegidos democráticamente por los vecinos por el período de un (1) año, así como, que el Comité de Delegados...
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