Resolución nº 232-2020/CPC-INDECOPI-CUS de Comisión de Protección al Consumidor, de 26 de Agosto de 2020

Fecha de Resolución26 de Agosto de 2020
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente000078-2019/CPC-INDECOPI-CUS

EXPEDIENTE Nº 078-2019/CPC-INDECOPI-CUS

RESOLUCIÓN FINAL Nº 232-2020INDECOPI-CUS

PROCEDENCIA : CUSCO
DENUNCIANTE : JANET HUAMAN HUACCANQUI DENUNCIADA : ELIZABETH LOPEZ APAZA MATERIA : MULTA COERCITIVA POR INCUMPLIMIENTO DE

MANDATO
ACTIVIDAD : ENSEÑANZA PRE ESCOLAR Y PRIMARIA

SUMILLA: Imponer a la señora Elizabeth López Apaza una multa coercitiva de 3 UIT (Tres Unidades Impositivas Tributarias), por incumplimiento de mandato, en tanto no cumplió la medida correctiva ordenada por la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Cusco mediante Resolución Final Nº 005-2020/INDECOPI-CUS.

SANCIÓN:

3 UIT 1 Multa coercitiva por incumplimiento de medida correctiva

Cusco, 26 de agosto de 2020

ANTECEDENTES

  1. En fecha 25 de julio de 2019, la señora Janet Huamán Huaccanqui (en adelante, la señora Huamán) denunció a la señora Elizabeth López Apaza, propietaria de la I.E.I.P. Llalliq Wasi (en adelante, la señora López o la institución educativa), ante el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor de la Oficina Regional del Indecopi de Cusco (en adelante, el ORPS), por presuntas infracciones de la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor (en a delante el Código).

  2. Al advertir su falta de competencia, debido a la materia discutida, el ORPS declinó la denuncia de la señora López ante la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Cusco (en adelante, la Comisión), siendo recibida por este despacho el 12 de agosto de 2019.

  3. El 10 de enero de 2020, mediante Resolución Final N° 005-2020/INDECOPICUS, la Comisión amparó en parte la denuncia y le ordenó a la señora López —en calidad de medida correctiva reparadora y el plazo de 15 días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación— cumpla con:

    1 Código Único de Multa (CUM): 20200000005230

    M-CPC-05/01

    EXPEDIENTE Nº 078-2019/CPC-INDECOPI-CUS

    “Realizar la devolución del monto total de S/. 370.00, correspondientes al concepto de matrícula por S/. 100.00, concepto de mensualidad por S/. 70.00 y concepto de adquisición de buzo por S/. 70.00”

  4. Dicho pronunciamiento no fue impugnado, por lo que alcanzó la calidad de consentido el 13 de febrero de 2020.

  5. El 04 de marzo de 2020, la señora Huamán, a través de su representante, presentó un escrito haciendo de conocimiento de la Secretaría Técnica de la Comisión, el incumplimiento de la medida correctiva ordenada a la señora López.

  6. Mediante Resolución N° 03...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR