RESOLUCION, N° 0253-2020-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Sorochuco, provincia de Celendín, departamento de Cajamarca-RESOLUCION-N° 0253-2020-JNE

EmisorOrganos Autonomos
Fecha de la disposición 5 de Septiembre de 2020

Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Sorochuco, provincia de Celendín, departamento de Cajamarca

Resolución Nº 0253-2020-JNE

Expediente Nº JNE.2019002132

SOROCHUCO - CELENDÍN - CAJAMARCA

CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO

PROCLAMADO

Lima, veinte de agosto de dos mil veinte

VISTO el Oficio Nº 148-2019-ALC/MDS, a través del cual la Municipalidad Distrital de Sorochuco, provincia de Celendín, departamento de Cajamarca, remitió el Acuerdo de Concejo Nº 45-2019-CM/MDS, del 22 de mayo de 2019, que aprobó la vacancia de Santos Quiliche Vargas, regidor de la citada comuna, por la causal de condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad, prevista en el artículo 22, numeral 6, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

ANTECEDENTES

Solicitud de convocatoria de candidato no proclamado

Mediante el Oficio Nº 148-2019-ALC/MDS, recibido el 3 de octubre de 2019, el alcalde de la Municipalidad Distrital de Sorochuco remitió a esta sede electoral, entre otros documentos, el Acuerdo de Concejo Nº 45-2019-CM/MDS, del 22 de mayo de 2019, con el cual se aprobó la vacancia de Santos Quiliche Vargas, regidor de la citada comuna, por la causal de condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad, prevista en el artículo 22, numeral 6, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM).

Ante ello, por medio del Oficio Nº 03025-2019-SG/JNE, de fecha 4 de octubre de 2019, reiterado a través del Oficio Nº 06396-2019-SG/JNE, del 10 de diciembre de 2019, se le requirió al mencionado alcalde para que remita los siguientes documentos faltantes:

  1. Cargos de la notificación con que se convocó a la sesión, en la que se adoptó el Acuerdo de Concejo Nº 45-2019-CM/MDS, que fue dirigida a todos sus miembros.

  2. Acta de la sesión extraordinaria suscrita por todos los miembros asistentes del concejo, en la que se celebró el referido acuerdo de concejo.

  3. Cargos de la notificación del Acuerdo de Concejo Nº 45-2019-CM/MDS, dirigida a cada uno de los miembros del concejo municipal.

  4. En caso de haberse interpuesto recurso de apelación contra el Acuerdo de Concejo Nº 45-2019-CM/MDS, el expediente administrativo, el original de la tasa por recurso de apelación y la papeleta de habilitación del abogado que lo autoriza.

  5. De no haberse interpuesto recurso impugnatorio alguno dentro del plazo establecido por ley, la constancia o resolución que declara consentido el mencionado acuerdo de concejo que desestimó la solicitud de vacancia.

    En respuesta, a través del Oficio Nº 189-2019-ALC/MDS, recibido el 20 de diciembre de 2019, el alcalde de la referida entidad edil envió, entre otros documentos, la citación circular que convocó a sesión ordinaria de concejo; el Acta de Sesión Ordinaria del Consejo (sic) Municipal; la notificación del Acuerdo de Concejo Nº 45-2019-CM/MDS, dirigida a Santos Quiliche Vargas, y la Resolución de Alcaldía Nº 189-2019-MDS/A, con la que se declaró consentido el mencionado acuerdo.

    Del contenido del referido acuerdo de concejo, la decisión que aprobó la vacancia del regidor Santos Quiliche Vargas, por la causal regulada en el artículo 22, numeral 6, de la LOM, se basó en el informe del asesor externo de dicha entidad municipal, quien sostuvo, esencialmente, que la autoridad en cuestión se encuentra “condenado con una sentencia firme y consentida con carácter de efectiva y con orden de captura”, razón por la que puso a consideración del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR