RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 203-2020-MINAGRI, PODER EJECUTIVO, AGRICULTURA - Disponen la publicación del “Proyecto de Decreto Supremo que aprueba los Niveles de Calidad del Agua Residual Tratada con Fines de Reúso Agrario” y su exposición de motivos-RESOLUCION MINISTERIAL-Nº 203-2020-MINAGRI

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 1 de Septiembre de 2020

Disponen la publicación del “Proyecto de Decreto Supremo que aprueba los Niveles de Calidad del Agua Residual Tratada con Fines de Reúso Agrario” y su exposición de motivos

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 203-2020-MINAGRI

Lima, 1 de septiembre de 2020

VISTOS:

El Memorando N° 490-2020-MINAGRI-DVDIAR-DGAAA, de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios, sobre publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba los Niveles de Calidad del Agua Residual Tratada con Fines de Reúso Agrario; y, el Informe Legal N° 874-2020-MINAGRI-SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, establece en el artículo VIII de su Título Preliminar, que toda persona natural o jurídica, pública o privada, debe asumir el costo de los riesgos o daños que genere sobre el ambiente, añadiendo que el costo de las acciones de prevención, vigilancia, restauración, rehabilitación, reparación y la eventual compensación, relacionadas con la protección del ambiente y de sus componentes de los impactos negativos de las actividades humanas debe ser asumido por los causantes de dichos impactos;

Que, el artículo 3 de la precitada Ley determina que el Estado, por medio de sus diversos órganos y entidades, tiene el rol de diseñar y aplicar las políticas, normas, instrumentos, incentivos y sanciones que sean necesarias para garantizar el efectivo ejercicio de los derechos, así como el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades contempladas en la Ley;

Que, el numeral 120.2 del artículo 120 del referido cuerpo legal, dispone que el Estado promueve el tratamiento de las aguas residuales con fines de su reutilización, considerando como premisa la obtención de la calidad necesaria para su reúso, sin afectar la salud humana, el ambiente o las actividades en las que se reutilizan;

Que, el numeral 6 del artículo III del Título Preliminar de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, regula el...

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