RESOLUCION, N° 036-2020-OS/GRT, ORGANISMOS REGULADORES, ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA - Modifican lista de beneficiarios del subsidio Bono Electricidad aprobada por Resolución N° 021-2020-OS/GRT, y aprueban programa de transferencias-RESOLUCION-N° 036-2020-OS/GRT

EmisorOrganismos Reguladores
Fecha de la disposición31 de Agosto de 2020

Modifican lista de beneficiarios del subsidio Bono Electricidad aprobada por Resolución N° 021-2020-OS/GRT, y aprueban programa de transferencias

RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA DE REGULACIÓN DE TARIFAS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA

OSINERGMIN Nº 036-2020-OS/GRT

Lima, 31 de agosto de 2020

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, publicado el 15 de marzo de 2020, debido al brote del COVID-19, se declaró por el término de quince (15) días calendario, el Estado de Emergencia Nacional, disponiendo entre otros, el aislamiento social obligatorio, así como la continuidad de los servicios de energía eléctrica, gas y combustibles. Mediante los Decretos Supremos Nº 051-2020-PCM, Nº 064-2020-PCM, Nº 075-2020-PCM, Nº 083-2020-PCM, Nº 094- 2020-PCM, 116-2020-PCM, 135-2020-PCM y 146-2020-PCM, publicados el 27 de marzo, 10 de abril, 25 de abril, 10 de mayo, 23 de mayo, 26 de junio, 31 de julio, y 28 de agosto del 2020 se dispuso la prórroga sucesiva del Estado de Emergencia Nacional hasta el 12 de abril, 26 de abril, 10 de mayo, 24 de mayo, 30 de junio, 31 de julio, 31 de agosto y 30 de setiembre del 2020, respectivamente;

Que, en el marco del Estado de Emergencia Nacional declarado con Decreto Supremo Nº 044- 2020-PCM y sus prórrogas, mediante Decreto de Urgencia Nº 074-2020, publicado el 27 de junio del 2020, se dispone la creación del mecanismo Bono Electricidad con la finalidad de permitir cubrir los montos de sus correspondientes recibos por el servicio público de electricidad que comprendan consumos pendientes de pago del periodo marzo de 2020 a diciembre 2020, que no estén en proceso de reclamo, hasta por el valor monetario por suministro eléctrico de S/ 160,00, definiéndose en dicho dispositivo normativo a los usuarios residenciales focalizados beneficiarios y las especificaciones adicionales a tener en cuenta para el caso de Lima y Callao, con los requisitos especiales que se indican en la norma en función a escasos recursos y bajo consumo, considerando para tal efecto como usuarios residenciales focalizados a (i) Usuarios residenciales del servicio de electricidad con consumo promedio de hasta 125 kWh/mes durante los meses comprendidos en el periodo marzo 2019 – febrero 2020, y no más de 150 kWh de consumo promedio durante los meses de la estación de verano comprendidos en los meses de enero y febrero 2020. Para el caso de Lima y Callao, el Punto de Entrega del Suministro beneficiado no se debe encontrar además ubicado en las manzanas calificadas como estrato alto y medio alto, según el plano estratificado por manzanas del Instituto...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR